Analisis Del Articulo 19,20 Y 21 De La Constitucion Politica Mexicana
19.-Garantías del procedimiento penal para el indiciado.
20.-Garantías del procedimiento penal para el inculpado y la víctima u ofendido.
21.-Garantías del procedimiento penal dentro del juicio.
Análisis del artículo 19
El auto de formal prisión que ahora se utiliza, (lo menciono así porque estuve investigando y se puede apreciar el mismo artículo con y sin reforma, así que yo tome como base el mas nuevo y vigente al 2013) como su nombre lo indica, significa en principio la prisión preventiva del o los acusados durante el proceso. Para su emisión se debe probar que el hecho es idéntico a la conducta …ver más…
Será juzgado antes de 4 meses si se trata de delitos cuya pena máxima no exceda de 2 años de prisión o en un año si la pena exceda ese tiempo salvo que solicite un plazo mayor para su defensa, tendrá derecho a un abogado incluso desde el momento de su detención, si no puede nombrarlo el juez le designara un defensor público, tiene derecho a que su defensor comparezca en todos los actos del proceso y este la obligación de hacerlo cuantas veces requiera. La prisión preventiva no excederá de tiempo máximo que fije la ley y en ningún caso será mayor a dos años si en este término no se ha pronunciado sentencia el imputado será puesto en libertad mientras se sigue el proceso sin imponer medidas cautelares, en toda pena de prisión que se imponga una sentencia, se computara el tiempo de la detención.
El apartado C de los derechos de la victima u ofendido
El apartado c nos habla de los derechos que tiene la victima de recibir asesoría jurídica ser informado de sus derechos que en su favor establece la constitución, de ser informado de el desarrollo de el procedimiento penal, contribuir con el ministerio publico a que se le reciban todos sus elementos de pruebas tanto de la investigación como de el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, a intervenir en el juicio, a interponer recursos en los términos que marca la ley, si el ministerio publico determina que no es conveniente desahogar la diligencia