Amparo en materia administrativa
Entre los medios de defensa que pueden hacer valer los particulares, en general, así como en el carácter de administrados o contribuyentes se encuentra el juicio de amparo, en sus vertientes de indirecto o biinstancial y directo o uniinstancial, los cuales se tramitan y deciden, el primero ante los juzgados de distrito y el segundo ante el Tribunal Colegiado.
El juicio de amparo indirecto procede en contra de normas generales, en el caso, en materia administrativa o en lo específico, de naturaleza fiscal; o cuando el acto de la autoridad administrativa no se encuentra debidamente motivado ni fundado; por no haber sido oído y el incumplimiento a las formalidades esenciales del procedimiento, de …ver más…
Para la protección constitucional se buscan "todos aquellos instrumentos políticos, económicos, sociales y jurídicos incorporados a las normas fundamentales con el propósito de limitar el ejercicio del poder y lograr que sus titulares se sometan a los lineamientos constitucionales.
El amparo es una muestra clara de la posibilidad que existe para llevar a cabo una actividad de control a la constitucionalidad, sin embargo, no es el único medio para hacerlo.
El medio por el cual se puede solicitar la declaración de inconstitucionalidad de una ley, reglamento o tratado es el juicio de amparo conocido como "amparo contra leyes" y conocen de ellos los Tribunales de la Federación, tal y como lo previenen los artículos 103 y 107 (fracciones VII y VIII) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 114 fracción I de la Ley de Amparo. Se dice que "debe considerarse como la única vía efectiva a través de la cual se pueden plantear las cuestiones relativas a la contradicción entre los preceptos legislativos ordinarios y los de la Constitución Federal... "al desarrollar esa función reparadora ... el amparo contribuye, por igual, a la conservación del equilibrio constitucional entre el Poder Federal y los Poderes Locales dando así lugar para que se fije la interpretación definitiva de la Constitución, y, en relación con esta última, la de las leyes secundarias federales y locales"
Parece acertada la