Actos y Hechos Jurídicos
Hecho jurídico según el Código Civil para el Estado de Sonora.
ARTÍCULO 23.- Para los efectos de este Código, se entiende por hecho jurídico todo acontecimiento natural o del hombre que produzca consecuencias de derecho, consistentes en crear, transmitir, modificar o extinguir derechos u obligaciones, o situaciones jurídicas concretas.
ARTÍCULO 24.- Los hechos jurídicos se clasifican en hechos naturales y hechos del hombre.
ARTÍCULO 25.- Los hechos naturales a su vez se subdividen en hechos simplemente naturales y hechos naturales relacionados con el hombre. Los primeros son todos los fenómenos de la naturaleza que producen consecuencias de derecho, y los segundos aquellos acontecimientos naturales …ver más…
Cuando el propio acto jurídico dispone que sus efectos (o alguno de ellos) se produzcan o extingan con la verificación de un evento futuro e incierto, se dice que es "condicional" o "sub condicjo", o "bajo condición", o "condicionado", o "subordinado".
Al evento en que consiste la condición, se le llama hecho "condicionante". Puede consistir en un suceso natural (Si no hay sequía te presto mil para que coseches tu fundo) o humano (Te arriendo mi casa por el plazo de un año, pero si antes del año viajas a Europa me la devuelves). Que la condición es "establecida arbitrariamente por el agente" quiere decir que el agente, en ejercicio de su autonomía privada (libertad), sin estar obligado y sin que este evento sea necesario para que el acto cumpla con su función económica y social, lo incluye como parte integrante del contenido del acto De la "verificación" ("cumplimiento" o "realización") del acontecimiento puesto como condición se hace depender la eficacia o ineficacia del acto. .
• El Plazo
El plazo o término indica el momento desde el cual se inicia o finaliza la eficacia del acto jurídico.
El plazo como modalidad es el evento futuro y cierto de cuyo acaecimiento se hace depender el nacimiento, la exigibilidad o la finalización de los efectos del acto jurídico.
El acto jurídico a plazo es aquel en que la voluntad de las partes quiere