sanciones disciplinarias ante el colegio de abogados
Atreves de la investigación sobre las sanciones aplicadas a los/las abogados/as, existen dos tipos de sanciones; las amonestaciones y las Sanciones disciplinarias. Establecidas bajo el decreto 1290 del 2 de agosto de 1983.
El art.73 de dicho decreto establece lo siguiente;
Los profesionales del derecho serán corregidos;
1- Con amonestación, cuando en términos injuriosos, despectivos o irrespetuosos se refieran a sus colegas, ya sea por correspondencia privada o en las representaciones verbales o escritas ante cualquier autoridad del país, aunque no suscriban las últimas, salvo que el hecho se …ver más…
7- Si se negaren a devolver dentro de un término fijado al efecto y sin razón justificada, documentos o expedientes judiciales para la práctica de alguna diligencia, entonces serán amonestado o suspendido de uno a seis meses.
8- Si consintieren, su pretexto de facilitar el pago al deudor de su cliente, en que se alteren las tarifas legales sobre honorarios se sancionará con amonestación.
Cuando en relaciones mutuas los profesionales en derecho faltaren a la lealtad más cabal y la debida consideración en el trato, ya sea este de palabra o por escrito, en forma o con ocasión no prevista, en algunas de las disposiciones del presente código, se sancionara con amonestación.
Si entraren con inteligencia con la parte contraria a su patrocinado o con terceros, para perjudicar a su cliente, o causaren ese perjuicio por malicia inspirada por cualquier otra cosa se sancionará con inhabilitación
Al referirme a la aplicación de las sanciones disciplinarias estas están claramente establecidas en los arts. 74, 75,76 y 77 de forma muy clara y estricta de la siguiente manera;
Artículo 74: Las correcciones disciplinarias a que alude este Código se impondrán sin perjuicio de las responsabilidades penales y. civiles en que haya incurrido el profesional del derecho. En consecuencia, no será obstáculo para imponerlas el hecho de que esté pendiente de tramitación ante los Tribunales queja. Juicio o causa sobre el motivo que sirva de fundamento a la