normas declarativas D. Constitucional
Normas declarativas o de principios:
Son una proclamación de propósitos y afirmaciones de principios. Sirven de pauta de interpretación e invalidan normas ordinarias que se le opongan
Se refieren a los valores que dan coherencia interna a todo el ordenamiento jurídico y actúan al inicio de la acción normativa.
Generalmente señalan fines intangibles y permanentes contenidos en el preámbulo de la Constitución Nacional. Tiene cuatro funciones:
A) Sirven de guía para el Constituyente y para el que tenga la facultad de dictar normas.
B) Sirven de guía para la interpretación de las normas
C) Invalidan normas ordinarias que se opongan
D) Sirven para llenar lagunas del derecho.
Normas instituyentes u …ver más…
Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.
Art. 44.- Un Congreso compuesto de dos Cámaras, una de diputados de la Nación y otra de senadores de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires, será investido del Poder Legislativo de la Nación.
Art. 45.- La Cámara de Diputados se compondrá de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias, de la ciudad de Buenos Aires, y de la Capital en caso de traslado, que se consideran a este fin como distritos electorales de un solo Estado y a simple pluralidad de sufragios. El número de representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos. Después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado.
De atribución de competencia:
Art. 6º.- El Gobierno federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno, o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus autoridades constituidas para sostenerlas o restablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición, o por invasión de otra provincia.
Art. 34.- Los jueces de las cortes federales no podrán serlo al mismo tiempo de