Unidad 2 Sociedades Mercantiles
Se analizaran los temas de la unidad 2 Sociedades Mercantiles, donde definiremos sociedad.
Se dice que la sociedad es unión moral porque requiere del acuerdo libre e inteligente de varios hombres para conseguir un fin común. El fin puede ser de muy diversa naturaleza: mercantil, política, cultural, educativa, recreativa, etc., pero en todo caso se exige para la existencia de la sociedad, que se dé el consentimiento de alcanzar entre todos los socios ese fin.
Además de la unión voluntaria de seres racionales en torno a un fin común, la definición adoptada menciona la necesidad de que el acuerdo sea estable y eficaz para que exista una sociedad. Esto postula la existencia de un orden por el cual se distribuyan los trabajos …ver más…
Para proceder a la constitución de una sociedad anónima se requiere:
I. Que haya dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos;
II. Que el capital social no sea menor de cincuenta mil pesos esté íntegramente suscrito;
III. Que se exhiba en dinero en efectivo, cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario, y
IV. Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.
La escritura constitutiva de la sociedad anónima deberá contener, los siguientes datos:
a) La parte exhibida del capital social;
b) El número, valor nominal y naturaleza de la acciones en que se divide el capital social, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 125
c) La forma y términos en que deba pagarse la parte insoluta de las acciones;
d) La participación en las utilidades concedidas a los fundadores; La sociedad anónima como contrato
En las sociedades anónimas, la adhesión al contrato se puede producir en el acto de constitución (adquisición originaria del estado de socio) o posteriormente, durante la vida societaria, cuando el accionista se incorpora en ocasión de nuevas integraciones o por la adquisición de títulos de otros accionistas (adquisición derivada del estado de socio).
En toda la materia societaria, rige el principio de la