Tipo de fallas de jumbo
ANÁLISIS DE LOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. EN ELTÍTULO III DE LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS, Y DE LOS DEBERES DEL CAPÍTULO IV DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y DEL REFERENDO POPULAR
ESTUDIANTES: BURGOS MARIALY C.I: 23572091 OJEDA LUISANA C.I: 20193920 PULIDO LUIS C.I: 19973623 PROFESORA: MAGDALENA SILVA Sección: 15
BÁRBULA, 09 DE MAYO DE 2012.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Título III De los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes. Capítulo IV De los Derechos Políticos y del Referendo Popular.
Sección Primera. De los …ver más…
La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional. Análisis: "El voto es un derecho. Este proceso se llevará acabo mediante una serie de votaciones libres, universales, continuas y confidenciales bajo la cual nadie podrá interferir. La ley asegurará la idea de personalización del voto". Electores y Electoras. Artículo 64. Son electores o electoras todos los venezolanos y venezolanas que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política. El voto para las elecciones parroquiales, municipales y estadales se hará extensivo a los extranjeros o extranjeras que hayan cumplido dieciocho años de edad, con más de diez años de residencia en el país, con las limitaciones establecidas en esta Constitución y en la ley, y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política. Análisis: "El gobierno de Venezuela da a comprender que las personas que cumplen con las condiciones exigidas por la constitución y las leyes para ser electores, es toda aquella persona venezolano o venezolana que haya cumplido la mayoría de edad (18 años), que no se haya declarado incapaz, privándolo de ciertos derechos es decir, que no este sometida a interdicción civil ni a la inhabilitación política El voto para las elecciones municipales, parroquiales y estadales se hará extensivo a los extranjeros que hayan cumplido la mayoría de edad (18 años), y que posean más de diez años de