Sujeto activo y sujeto pasivo
El sujeto activo es el acreedor en la obligación tributaria. El sujeto activo de la obligación tributaria es el Estado. En el orden Fiscal mexicano y de acuerdo con el artículo 31 fracción IV de la Constitución General de la República tres son los sujetos activos. Se afirma que el sujeto activo es la persona facultada por la Ley para exigir a otra el pago de una prestación fiscal pueden ser la Federación, los Estados y los Municipios. Son sujetos activos de la relación tributaria porque tienen el derecho de exigir el pago de tributos, pero este derecho no tiene en todos ellos la misma amplitud. La Federación y las Entidades locales, salvo algunas limitaciones constitucionales, pueden establecer los …ver más…
Hay varias clasificaciones de sujetos pasivos:
A) Sujetos pasivos por deuda propia, con responsabilidad directa. Es el caso del deudor directo del tributo a su causahabiente es decir, herederos, legatarios o donatarios a titulo universal y se trata de personas morales, la que subsiste o se crea por fusión.
B) Sujetos pasivos por deuda de carácter mixto con responsabilidad directa. Es el caso de las personas que, conforme a la ley pueden disponer libremente no solo de sus bienes, sino también de los de terceros, por lo tanto, la ley designa como responsable directo a quien tiene esa facultad, aunque el hecho generador lo haya realizado el tercero.
C) Sujetos pasivos, en parte por deuda propia y en parte por deuda ajena, con responsabilidad parcialmente directa y parcialmente solidaria. Es el caso de copropietarios y coherederos, ya que cada uno se puede exigir el total del adeudo y no solo la parte que le corresponde.
D) sujetos pasivos por deuda ajena con responsabilidad sustituta. Es el caso de sustitutos legales del deudor directo, ya sea voluntarios o por ministerio de la ley, a quienes se respeta su derecho a repetir contra el deudor directo.
E) Sujetos pasivos por deuda ajena con responsabilidad solidaria. Es el caso de determinados funcionarios públicos a quienes la ley impone ciertas obligaciones de carácter formal que no fueron cumplidas, la cual trate como consecuencia un perjuicio al fisco, como por ejemplo el notario que