Servicio profesional de carrera en méxico
o De la cárcel donde esté esperando el traslado hacia el lugar donde deba cumplir condena o durante el trayecto. o Estando detenido o preso por una causa pendiente contra él. Si un particular detiene a otro particular, debe estar en disposición de poder justificar que ha llevado a cabo la misma porque considera razonablemente que el detenido se encuentra en alguno de los casos mencionados anteriormente. Por otro lado, la Autoridad o agente de Policía Judicial, tiene la obligación de detener: • A aquella persona que se encuentre en cualquiera de los casos mencionados en con anterioridad. • Al que ya haya sido procesado por delito castigado con una pena superior a prisión menor. • Al que se le haya señalado pena inferior a aquélla, cuando por los antecedentes de la persona o por las circunstancias del hecho se considere que no va a comparecer cuando sea citado por la Autoridad Judicial (salvo que haya prestado una fianza suficiente que garantice su asistencia) • En las mismas circunstancias que el caso anterior, al que no haya sido procesado todavía, si la Autoridad tiene motivos para creer que ha participado en la comisión de un hecho que presenta las características de delito. ➢ ¿Cuánto puede durar la detención?: El particular, el agente o la Autoridad