Romano 2
Art. 1217. Antes de la celebración del matrimonio los esposos pueden hacer convenciones que tengan únicamente los objetos siguientes:
1º) La designación de los bienes que cada uno lleva al matrimonio;
2º) Derogado por la ley 17.711.
3º) Las donaciones que el esposo hiciere a la esposa;
4º) …ver más…
En nuestro proyecto, pues, sólo se trata de las donaciones del esposo a la esposa.
Las otras ventajas que los esposos pueden hacerse para después de sus días, son revocables contra el que de ellos diese causa a un divorcio, o que no cumpliera con las obligaciones impuestas por el matrimonio.
Por el carácter que las leyes dan a las donaciones que con calidad de dote se ofrecen o se hacen a la mujer, parece que suponen que los hombres se casan sólo por el dote ofrecido, pues hacen de esas donaciones un título oneroso, como si el marido hubiese hecho por casarse algún servicio al que dio o prometió la dote, o como si el marido por haber contraído matrimonio, hubiese cargado con deberes extraordinarios, que no hubiera aceptado sin recibir una suma de dinero. Así sucedía, que el que daba alguna cosa en dote, debía sanearla de una evicción, como si tuviese por origen un título oneroso. En nuestro proyecto, esas donaciones o promesas de dote deben estimarse como las simples donaciones gratuitas.
Nuestras más importantes reformas, son, respecto a la inalienabilidad de la dote y a las hipotecas y privilegios extraordinarios que las leyes le han dado, por una causa y un fin que no son de nuestros tiempos. La frecuencia y facilidad de los divorcios en Roma, había constituido una verdadera poligamia sucesiva parecida a la poligamia