Resumen sentencia c-317/02 "desaparición forzosa"
Nombre de la demandante: Marcela Patricia Jiménez Arango
Norma(s) demandada(s): Artículo 165 (parcial) del Código Penal. "Perteneciendo a un grupo armado al margen de la ley"
Motivos de la demanda: La expresión acusada infringe los principios de justicia, igualdad, racionalidad y razonabilidad. * El tipo demandado no cobija a las personas que no pertenezcan a un grupo armado al margen de la ley, pero que cometen la conducta punible. Esto no está conforme a la Constitución. * La discriminación derivada del tipo, es injustificada e irrazonable, y además atenta directamente los principios constitucionales. * No incurren en el tipo quienes no pertenecen a un grupo, o quienes pertenecen a un grupo no …ver más…
* Mediante varios proyectos de ley, se discutía bastante sobre el sujeto activo de este delito. * La efectividad de los derechos fundamentales como parámetro a la libertad de configuración del legislador en materia penal. * Mientras en el cumplimiento de la función legislativa no resulten contrariados los preceptos fundamentales, bien puede el legislador crear, modificar o suprimir figuras delictivas. * Pese a esta libertad de configuración del legislador en materia punitiva, mediante el criterio de la proporcionalidad el juez constitucional puede ponderar la aptitud de las medidas legislativas * Caso concreto * La norma consagra el delito de desaparición forzada cometido por un agente del Estado que actúe directa o indirectamente, y también el cometido por un particular siempre que actué con su apoyo o tolerancia. * No es válida la afirmación de la accionante de que los miembros de las Fuerzas Armadas están excluidos de ser sujetos activos de la desaparición forzada, pues es claro que ostentando la calidad de servidores públicos, pueden ser sancionados en virtud del inciso 2° del artículo 165 del Código Penal. Por lo tanto, este segundo inciso es exequible. * La expresión "que pertenezca a un grupo armado al margen de la ley”, es inconstitucional, porque reduce significativamente el sentido y alcance de la protección general contenida en el artículo 12 de la Carta Política. La norma