Resumen ontologia del lenguaje
Este régimen de personal corresponde a la gestión de las empresas industriales y comerciales en condiciones similares a las de las empresas privadas, razón por la cual se rigen en lo pertinente por el Código Laboral. Régimen que fue declarado ajustado a la Carta por la Corte Constitucional (entre otras sentencias en la C- 579 de 1996) Así, el carácter de empresas industriales y comerciales tiene implicaciones que no tendrían lugar si se rigieran exclusivamente por el derecho privado, por ejemplo: el régimen de inhabilidades para los miembros de las juntas y consejos directivos (art. 180-3, 292 y 323 Co.Po. y art. 89 Ley 489 de 1998), la sujeción a las disposiciones de presupuesto y planeación (art. 352 Co. Po.), sujeción a las reglas de contabilidad oficial (art. 354), la posibilidad de recibir delegaciones del Presidente de la República, la calidad de servidores públicos de sus empleados, la limitación de su participación en política, la nominación de sus directivas y el control administrativo por parte del gobierno nacional, seccional y local (art. 304, 305-11, 315 Co.Po.), el control fiscal (art. 267 Co.Po.), el control político de la corporaciones públicas (art. 208 Co.Po.), el régimen contractual para los actos