Resumen de ley de responsabilidad patrimonial para el estado y municipios de baja california
El objeto del derecho es la conducta de los hombres y de las agrupaciones humanas en sus diversas manifestaciones, así como las cosas del mundo exterior.
El objeto del derecho es aquello sobre lo que recae el poder jurídico del derecho subjetivo. Puede ser una cosa del mundo exterior sobre los que recae el derecho subjetivo: derechos reales. Cuando recae sobre ciertos aspectos de otra persona estamos ante el derecho de familia. Cuando el derecho recae sobre aspectos de otras personas son obligaciones. Cuando el derecho es la libertad para manifestar la propia personalidad nos encontramos ante lo derechos subjetivos personales que son considerados fundamentales y están en la Constitución.
El Derecho …ver más…
Los derechos patrimoniales son derechos que se reflejan en el patrimonio y tienen como objeto "satisfacer las necesidades económicas". En los derechos patrimoniales existen dos clases de divisiones, de los derechos reales y las de los derechos personales los que también se conocen como obligaciones,.
DERECHO REAL
Todos los derechos tienen el carácter común de ser relaciones entre personas, reconocidas y sancionadas por el derecho. Los derechos se clasifican según sus diferentes calidades y modalidades.
La más importante es la distinción entre derechos reales (del latín res, rei, cosa) y derechos personales, también llamados derechos de crédito u obligaciones.
Derechos reales. Son los que otorgan a su titular un poder inmediato sobre una cosa, ejercitables frente a todos los demás (el término proviene del latínre s, que significa cosa). Pertenecen, junto a los derechos personales o de obligación, al ámbito de los derechos patrimoniales: aquéllos de naturaleza esencialmente económica y apreciables en dinero, que constituyen el núcleo del Derecho civil.
Puig Peña define el DERECHO REAL: Es el que concede a su titular un poder inmediato y directo sobre una cosa y que puede ser ejercitado y hecho valer frente a todos.
Poder jurídico, es la potestad legalizada dentro del ordenamiento jurídico, poder que depende de la naturaleza del derecho real, pero no está determinado por las partes. (Disponer, disfrutar, usar).