Recibo Por Honorario
TEMA: RECIBOS POR HONORARIOS
I. DEFINICIÓN
El recibo por honorario debe ser utilizado (emitido) por los profesionales, técnicos, artistas y científicos que presentan sus servicios en forma independiente e individual y que para efectos del impuesto a la renta genera rentas de cuarta categoría.
Es oportuno además, mencionar que si el profesional técnico, artista o científico, prestará sus servicios en forma asociativa, ya no genera rentas de cuarta, sino Rentas de Tercera Categoría. En este caso ya no está obligado a emitir recibo por honorarios, sino factura o boleta de venta.
Es oportuno precisar en el caso del profesional y técnico independiente que labore en forma individual deberá emitir este tipo de …ver más…
Este documento puede ser utilizado a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario siempre que cumplan con lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de Pago.
¿SE DEBE CONSIGNAR LA RETENCIÓN EFECTUADA EN EL RECIBO POR HONORARIOS?
Sí, debe consignarse el monto discriminado de las retenciones que afecten dicha operación (Impuesto a la Renta: 10 %) y que será realizada por quien utiliza el servicio en los casos en que corresponda de acuerdo al siguiente párrafo.
¿CUÁNDO SE PROCEDE A EFECTUAR LA RETENCIÓN DEL 10%?
Procede efectuar la retención del impuesto a la renta cuando:
- El monto del recibo exceda los S/. 1,500.00; y,
- El prestador del servicio no exhiba o entregue Copia de la Constancia de Autorización que acredite la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categoría.
¿QUIENES NO DEBEN EMITIR RECIBO POR HONORARIOS?
1. Los directores de empresas, regidores de municipalidades y quienes desarrollen actividades similares, por los ingresos que perciban.
2. Las personas que obtengan ingresos por contratos de prestación de servicios normados por la legislación civil, cuando el servicio sea prestado:
- En el lugar y horario designado por quien lo requiere; y,
- Cuando el usuario del servicio proporcione los elementos de trabajo y asuma los gastos que la prestación del servicio demande.
3. Aquellas personas que