Pueblo VS Rivera Navarro
113 D.P.R. 642
(1982)
II. HECHOS:
En esencia, para poder analizar este caso, poder extraer la controversia y demás información pertinente para su interpretacióm es importante conocer los verdaderos hechos que pertimitieron el surgimiento de las apelaciones emitidas.
La jurisprudencia de Pueblo vs. Rivera Navarro, relata que el día 4 de noviembre de 1979, aproximadamente a la 1:15 a.m., el negocio/bar denominado “El Carrillón”, fue asaltado por dos individuos. Este negocio está ubicado en el área de Río Piedras. Por los testimonios obtenidos, se afirma que los asaltantes habían intentado entrar como clientes, pero la Sra. Lourdes López Rivera,quien es la propiertaria del lugar no se les permitió …ver más…
La confirmación de sentencia fue emitida por el Juez Asociado Señor Rebollo López, quién concurrió en el resultado sin opinión.
V.FUNDAMENTOS:
Ante la primera controversia que afirma que el Tribunal de Primera Instancia erró al supender la vista, se infiere que el señalamiento es frívolo, producto idea o conceptualización errónea de que los derechos que amparan a todo acusado son irrestrictos y absolutos.
Romero v. Jones, Alcaide, 78 D.P.R. 572 , 577--578 (1955). (Énfasis suplido.), resuelve la controversia: “Reafirmamos que “sancionar lo que aquí repudiamos equivaldría a establecer un precedente en extremo perjudicial para la ordenada administración de justicia en la esfera de lo penal. Tendría el efecto de concederle a los inculpados el dominio sobre los calendarios de las cortes, colocándoles en condiciones de resolver cuándo han de ventilarse los procesos, proporcionándoles fácil medio para lograr la posposición de las vistas a su antojo, con simplemente aguardar hasta el último instante para designar o cambiar abogado.”
Para la segunda controversia, este error no implica sugestividad ni le resta confiabilidad al proceso de identificación. Aunque la Regla 252.1(e)(2) concretamente dispone que “no se le informará a los testigos antes de la celebración de la rueda que se tiene detenido a un sospechoso”.
En algún momento o etapa, por obligación, habrá que pedirles al menos que se trasladen uno por uno al lugar de observación y habrá