Personalidad juridica del derecho internacional
7. LA PERSONALIDAD JURIDICA EN EL DERECHO INTERNACIONAL A. Significado de la personalidad jurídica en el derecho internacional.
La personalidad jurídica en el derecho internacional (sujetos de éste) implica la capacidad para ser titular en sus derechos y deberes. Por regla general esta capacidad implica también la posibilidad de hacer valer estos derechos en el ámbito del derecho internacional. El circulo de actores en la escena internacional es por tanto más amplio de los sujetos. Las organizaciones no gubernamentales (como Amnistías Internacional o Greenpace) pueden ejercer una influencia considerable, pero desde el punto de vista del derecho internacional no participan en la vida de la comunidad internacional como …ver más…
De acuerdo con esto, la Corte ha llegado a la conclusión de que la Organización es una persona internacional. Esto no es lo mismo que decir que es un Estado, ya que ciertamente no lo es, o que su personalidad jurídica y derechos y deberes son los mismos que los de un Estado.
Esto no siempre implica que sus derechos y deberes deben estar en el plano internacional, como tampoco deben estar todos los derechos y deberes de un Estado en ese plano. Lo que esto significa es que es un sujeto del derecho internacional y que es capaz de poseer derechos y deberes internacionales y que tiene capacidad para mantener sus derechos a través de la presentación de reclamos internacionales (Reparation for Injuries Suffered in the Service of the United Nations, ICJ, Reports, 1949, p. 174 (179).
En un sentido más restringido las asociaciones, que cuentan por lo menos con una jurisdicción fáctica, tienen también derechos y deberes de conformidad con el derecho internacional. Dentro de estás se cuentan, por ejemplo, en caso de conflictos armados los movimientos civiles. Por tradición se han reconocido como sujetos del derecho internacional sin que ostenten la calidad de Estado, la Santa Sede, la Orden Soberana de Malta, así como el Comité de la Cruz Roja.
De gran significado para los recientes del derecho internacional es el reconocimiento de derechos propios (derechos humanos) y deberes al individuo. Esto implica que el