Objeto Social Para Constructora
15) Adquirir, construir, rentar, operar, poseer, disponer en cualquier forma, permitida por la ley de talleres plantas, almacenes oficinas, y representaciones sucursales, y cualquier otro establecimiento necesario, y conveniente ´para llevar a cabo las actividades y fines que comprende el objeto social. 16) Establecer sucursales, subsidiarias, agencias y representaciones en la república mexicana o en el extranjero. 17) Obtener todo tipo de clase de créditos y financiamientos, a objeto de complementar los fines y objetos sociales, otorgando toda clase de garantías, incluyendo las de carácter hipotecario e inmobiliario. 18) Suscribir, otorgar, endosar, y avalar toda clase de títulos de crédito, en los términos del artículo noveno de la ley general de Títulos Operaciones de Crédito. 19) Abrir y cancelar cuentas ante o instituciones bancarias, casa de bolsa o ante cualquier institución auxiliar de crédito ya sea de nacionalidad mexicana o extranjera, así como parta hacer depósitos girar y designar a las personas que puedan girar en contra de las mismas. 20) Celebrar toda clase de actividades acciones y actos jurídicos, convenios o contratos, ya sean civiles, mercantiles, administrativos y de cualquier clase especie o naturaleza, que sean necesarios, convenientes, accesorios o conexos para eficaz cumplimiento de los objetos sociales enunciados en fracciones precedentes, o aquellos que con posterioridad sean considerados como tales