Norma penal
Es claro desde luego que la posición concreta de unos y otros es diversa, porque mientras los jueces aplican la sanción cuando el precepto es violado, los particulares se limitan a obedecer el precepto. Interpretación de la ley penal Existen pues en la ley ciertos vacios, lagunas, que han de ser colmados por el interprete; su labor es, así, la de complementar la obra del legislador transformando la directiva genérica contenida en la norma del mandato acabado; la de dar vida a imperativos a precisos y neta mente delimitados. Esto nos lleva definir la interpretación como una operación mental que tiene por objeto buscar y explicar el sentido actual de la norma, de acuerdo con ciertas reglas jurídicas y mediante la aplicación de principios Lingüísticos y teológicos. Criterios de interpretación de la ley penal Por su Origen. Doctrinal: También se le conoce como Interpretación Privada, porque la realizan los particulares. Otros la llaman científica, cuando la llevan a cabo los estudiosos del Derecho y los Doctrinarios por medio de su obra escrita o de la palabra oral (conferencias, discursos, cátedras, etc.). Autentica: También se le conoce como Legislativa y es la que realiza el Legislador para precisar o aclarar la significación de la norma jurídica. Judicial: También conocida como Jurisdiccional o Forense, es la que llevan a efecto los juzgadores (Juez, Magistrado o Ministro) con el fin de