Mobiliario y equipo
Comunicación del órgano judicial de una resolución judicial, sin esperar ninguna de las actuaciones anteriores por nuestra parte. La cédula de notificación a entirse cuando se practique fuera del juzgado, deberá contener: * Expresión de la naturaleza y objeto del procedimiento; nombre y apellidos de los litigantes * Copia literal de la resolución que haya de notificarse * nombre y apellidos de la persona a la que se deba hacer la comunicación * Fecha de expedición y firma del notificante
Además en la notificación de resoluciones debe hacerse constar si ésta es o no firme, y en su caso los recursos a interponer y los plazos para ello.
Artículo 126. Admitida la demanda se ordenará la notificación del …ver más…
* Articulo 126 El día siguiente al de la constancia que ponga el Secretario, en autos, de haber cumplido dicha actuación, comenzará a contarse el lapso de comparecencia del demandado. Diferenciándolo a su vez en el articulo 42 el lapso comenzara a cumplirse a partir de la fecha de la fijación comenzara a correr para la celebración del