Libro XII Código administrativo del estado de mexico
Capitulo Cuarto de la contratación.
Artículo 12.21.- Las dependencias, entidades y ayuntamientos podrán adjudicar contratos para la ejecución de obra pública o servicios relacionados con la misma. mediante las excepciones al procedimiento de licitación siguientes:
I. Invitación restringida.
II. Adjudicación directa.
Artículo 12.38.- La adjudicación de la obra o servicios relacionados con la misma obligará a la dependencia, entidad o ayuntamiento y a la persona en que hubiere recaído, a suscribir el contrato respectivo dentro de los diez días hábiles siguientes al de la notificación del fallo.
Articulo 12.41.- En los contratos se estipularan las diversas consecuencias de la suspensión, terminación anticipada o …ver más…
Las especificaciones generales y particulares del servicio; IV. En su caso, la información técnica y recursos que proporcionará el convocante; V. En su caso, la metodología a emplear en la prestación del servicio; y VI. El producto o documentos esperados y su forma de presentación.
Articulo 113.- Cuando haya incumplimiento de la fecha de terminación de los trabajos, se aplicará una pena definitiva hasta por el monto de la garantía de cumplimiento, incluidas en su caso las retenciones definitivas.
El contratante deberá establecer las penas convencionales en los contratos, atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos, grados de avance, posibilidad de recepción parcial de los mismos y tipo de contrato.
Artículo 115.- La garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, no podrá ser menor al diez por ciento del importe total autorizado al contrato en cada ejercicio.
En el primer ejercicio el contratista deberá entregar al contratante esta garantía, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato
Artículo 118.- Cuando los trabajos se realicen en más de un ejercicio presupuestal, las garantías de los anticipos deberán ser entregadas por el contratista: para el primer ejercicio, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de la firma del contrato
.
El contratante notificara al