Leyes de henderson
INTRODUCCION
Son aquellas cuyo vinculo existe y produce sus efectos desde el mismo momento en que ocurren los actos o hechos donde emanan. Ocurrido el acto o el hecho que constituye la fuente de la obligación, ésta, si es pura y simple, puede exigirse y debe cumplirse inmediatamente. El deber prestar y poder exigir, características del vinculo jurídico, surgen por el hecho mismo del nacimiento de la obligación, sin sujeción a nada distinto de sus propios elementos. Así la Corte Suprema a dicho “_en las obligaciones puras y simples, el momento en que la obligación nace y aquel en que debe ser cumplida, es decir, el instante de su nacimiento y el de exigibilidad, se confunde. Esos dos momentos son uno mismo en el tiempo”_