Ley aduanera disposiciones generales
Titulo primero
Disposiciones Generales
ART. 1
Esta Ley nos habla de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y demás leyes y ordenamientos aplicables en la materia que regulan la entrada al territorio nacional y la salida de los mismos de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen , el despacho aduanero y los hechos y acto que deriven del mismo. Están obligados a las disposiciones citadas quienes introducen mercancías al territorio nacional o las extraen del mismo ya sean sus propietarios, poseedores , destinatarios , remitentes , apoderados, agentes aduanales o cualesquiera persona que intervengan en la introducción , extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las …ver más…
c) De cámaras de circuito cerrado de video y audio para el control, seguridad y vigilancia.
d) De generación de energía eléctrica, de seguridad y de telecomunicaciones que permitan la operación continua e ininterrumpida del sistema informático de las aduanas, de conformidad con los lineamientos que el Servicio de Administración Tributaria señale mediante reglas de carácter general.
e) De sistemas automatizados para el control de las entradas y salidas del recinto fiscal de personas, mercancías y medios de transporte, así como los demás medios de control, autorizados previamente por las autoridades aduaneras.
ART. 5
El monto de las multas y cantidades en moneda nacional establecidas en esta Ley, se actualizará en los términos del artículo 70 del Código Fiscal de la Federación.
Cuando en esta Ley se señalen multas con base en el monto de las contribuciones omitidas, se considerarán las contribuciones actualizadas en los términos del artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
ART. 6
. Las copias o reproducciones de documentos que deriven de microfilme, disco óptico o de cualquier otro medio que autorice la Secretaría, tendrán el mismo valor probatorio que los originales, siempre que para su microfilmación o grabación se cumpla con los requisitos que establezca el Reglamento.
ART. 7
Las empresas aéreas, marítimas y ferroviarias que efectúen el transporte internacional de pasajeros, deberán transmitir