Las pruebas en el derecho procesal laboral panameño
“LA PRUEBA EN EL PROCESO
LABORAL PANAMEÑO”
LA PRUEBA EN EL PROCESO
LABORAL PANAMEÑO I. INTRODUCCIÓN 1 II. CONCEPTO 3 III. ACREDITACIÓN DE LA CERTEZA DE UN HECHO. 5 IV. PRINCIPIOS GENERALES DE LA PRUEBA: 6 A. Legalidad y licitud: 7 B. Objetiva 8 C. Relevancia 8 D. Pertinencia. 8 V. LA CARGA DE LA PRUEBA 9 VI. MEDIOS DE PRUEBA EN NUESTRA LEGISLACIÓN LABORAL: 10 VII. CARACTERISTICAS DE ALGUNOS MEDIOS DE PRUEBA 11 A. La prueba documental; 11 B. La declaración de testigos; 13 C. La declaración de parte; 13 D. La inspección judicial; 14 E. La Prueba Pericial; 16 VIII. VALORACIÓN LEGAL DE LA PRUEBA.- 17 A. ALGUNOS CRITERIOS PARA VALORAR LA PRUEBA 19 IX. BREVE …ver más…
De manera semejante, el que se auto considera ofendido, al denunciar cierta conducta sólo afirma que a su juicio se ejecutó tal conducta. De lo que se sigue, que si la autoridad desea saber si realmente ocurrió tal evento, tiene a su vez que practicar por sí o por medio de otros, ciertos procedimientos que le permitan verificar o rechazar como cierta la afirmación del denunciante.
En este sentido, los procedimientos realizados permiten al investigador cerciorarse de un dato afirmado. Esta verificación de que se ejecutó o no tal conducta, es lo que conocemos como prueba.
Según algunos autores, la prueba es el dato o fuente en sí (la huella, la firma, la mancha de sangre); para otros, es el procedimiento o actividad que ha de realizarse para confirmar o rechazar la previa afirmación.
Según Sentís Melendo, prueba llega a nuestro idioma procedente del latín; en el cual, probatio, probationis, lo mismo que el verbo correspondiente (probo, probar probare), vienen de probus, que quiere decir bueno, recto, honrado. Así pues, lo que resulta probado es bueno, es correcto, podríamos decir que es auténtico; que responde a la realidad. Ésta, y no otra, es la verdadera significación del sustantivo probo y del verbo probar: verificación o demostración de autenticidad.
De acuerdo con esta idea, y