La teoria del levantamiento del velo corporativo
El hombre es un ser de naturaleza eminentemente social, en virtud de que requiere de la interacción y la convivencia con otros seres humanos para desarrollarse de manera integral. En consecuencia, para que esa convivencia sea posible y armoniosa, es necesario que exista el Derecho como un mecanismo de control social dirigido a regular la conducta del hombre dentro de la sociedad.
Desde épocas muy remotas el derecho ha ido evolucionando, estableciéndose conceptos como el de la personalidad jurídica. En relación a la personalidad jurídica de las personas jurídicas, existe una posición tradicional que sostiene que cuando un ente cumple con los requisitos de fondo y de forma que consagra el ordenamiento jurídico en …ver más…
En Venezuela y de acuerdo a las disposiciones consagradas en el Código de Comercio Vigente, la personalidad jurídica de las sociedades anónimas nace desde el mismo momento en que cumplen con los requisitos de fondo y de forma exigidos para su constitución. Del reconocimiento de la personalidad jurídica a las sociedades anónimas se desprenden tres consecuencias jurídicas fundamentales como lo son:
1. La sociedad tiene un patrimonio propio, diferente al patrimonio de sus socios.
2. Tiene aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones. Tales derechos y obligaciones ingresan al patrimonio social.
3. Posee cualidad procesal para actuar en juicio ya sea como demandante o demandada.
De las tres consecuencias jurídicas antes señaladas, revisten especial importancia las dos primeras, por cuanto de ellas se desprende que existe un “velo” que separa los derechos y obligaciones de la sociedad anónima como entidad jurídica abstracta, de los derechos y obligaciones de los accionistas en lo atinente a sus patrimonios personales.
Nuestro derecho positivo, establece como principio general del derecho societario, la prevalencia del hermetismo de la personalidad jurídica y lo consagra en disposiciones tales como los numerales 2, 3 y 4 y el antepenúltimo aparte del artículo 201 del Código de Comercio en concordancia con el artículo 205 Ejusdem.
Al respecto el