La persona juridica colectiva
La persona jurídico – colectiva, indebidamente llamada “persona moral”, es una creación del intelecto humano que ha sido creada ya regulada por el derecho. En realidad es imposible percibir a la persona jurídico – colectiva, pues lo único que se puede apreciar de ella son sus manifestaciones.
Así como la ley establece requisitos para que el ser humano sea considerado persona física, también los establece para que las agrupaciones de personas y/o bienes sean consideradas como personas jurídico – colectivas.
1. CONCEPTO.
PERSONA JURIDICO – COLECTIVA.- es una colectividad de personas físicas y/o jurídico – colectivas que posee un ente distinto con personalidad jurídica y patrimonio propios y …ver más…
b. Denominación o Razón Social.
El segundo atributo de la personalidad de la persona jurídico colectiva es la Denominación o razón social.
La denominación o razón social, es para la persona jurídico colectiva, como el nombre para la persona física y cumplen con la misma función, es decir, ambos sirven para individualizar, identificar y diferenciarla de las demás. Frecuentemente, ambos