La Dimensión Internacional De La Reforma De Derechos Humanos: Antecedentes Históricos
Introducción
La reforma constitucional en derechos humanos de 2011, conduce la política exterior de México por diversas vías. Primero, el estatus jurídico de los tratados internacionales de derechos humanos precisando su jerarquía de rango constitucional. Segundo, con la modificación del artículo 89 constitucional, la protección y promoción de los derechos humanos, con lo que se consagra la idea de que tales derechos son un componente esencial de la identidad política que México desea proyectar al resto del mundo.
La modificación del artículo 89, se basa en que los derechos humanos encarnan valores que son comunes a todos los mexicanos y eleva su …ver más…
Por el mismo motivo, tampoco interesaba al gobierno que los ciudadanos mexicanos tuvieran acceso a foros de denuncia o a tribunales internacionales después de agotar las instancias jurídicas internas.
En los años ochenta, el presidente y la Secretaría de Relaciones Exteriores mantuvieron el monopolio de la política exterior con la participación de muy pocos actores e intereses.
I. La posición de México ante el régimen internacional de derechos humanos (1945-1994)
En 1945 el gobierno de México asumió una actitud internacionalista por lo que hace a la protección de los derechos humanos en el sistema internacional, tanto en el ámbito regional como en las discusiones sobre la creación de las Naciones Unidas. México procuró, mediante sus participaciones, ampliar al máximo la esfera de acción de la comunidad internacional del dominio estatal en el nuevo orden mundial.
En 1945 se proclamó la adhesión de las Repúblicas Americanas a los principios consagrados en el Derecho Internacional para salvaguardar de los derechos esenciales del hombre. Por esta vía, el gobierno de México aceptaba que los derechos humanos fueran objeto de un instrumento jurídico internacional de carácter vinculante.
En 1948 las delegaciones mexicanas fijaron su posición de acuerdo con los siguientes lineamientos: * Los derechos humanos no deben ser objeto de una convención,