LA EDUCACIÓN COMO DERECHO Y HECHO SOCIAL
OBJETIVO:
Analizar los planteamientos sobre el derecho a la educación, determinando si son congruentes con la realidad actual en El Salvador.
INTRODUCCION
Según la define Coppermann: “La educación es una acción producida según las exigencias de la sociedad, inspiradora y modelo, con el propósito de formar a individuos de acuerdo con su ideal del hombre en sí.”; mientras que el derecho significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter.
Los elementos Educación, …ver más…
PARTE II
Artículo 2
2. Los países en vías de desarrollo, teniendo debidamente en cuenta los derechos humanos y su economía nacional, podrán determinar en qué medida garantizarán los derechos económicos reconocidos en el presente Pacto a personas que no sean nacionales suyos.
La Constitución de El Salvador dada en 1983 recoge el contenido de los convenios suscritos en materia de educación, tanto en la Declaración Universal de Derechos Humanos como en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
LA PERSONA HUMANA Y LOS FINES DEL ESTADO
Art. 1. El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común.
En consecuencia, es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social.
Cabe señalar acá que lo fundamenta, dado el ordenamiento jurídico salvadoreño, es que el derecho a la educación se encuentre reflejado en la Constitución, ya que en la jerarquía jurídica, esta pesa más que los Convenios o Tratados.
La Constitución de la Republica de El Salvador, en la Sección Tercera, EDUCACION, CIENCIA Y CULTURA, contempla entre otros artículos: Art. 53.- El derecho a la educación y a la cultura es inherente a la persona humana; en consecuencia, es obligación y finalidad