Historia dhl
Atributos de la persona: La ley otorga a las personas estos atributos jurídicos que son inseparables de ellas, y que constituyen la base y esencia de su personalidad. Los atributos son: el nombre, la capacidad, el domicilio, el patrimonio, el estado (atributo propio de las personas físicas). Estos son necesarios (ninguna persona puede prescindir de ellos), inseparables (no se pueden retraer de la persona), inalienables (no pueden ser enajenados), imprescriptibles (no son susceptibles de prescripción), únicos (solo se pueden tener uno de cada clase).
El Nombre: Concepto. Es la denominación que corresponde a cada persona y que sirve para individualizarla dentro de la sociedad. El nombre tiene 2 …ver más…
Toda persona mayor de 18 años que careciere de apellido podrá pedir ante el registro del estado civil la inscripción del que hubiera usado.
Hijos Adoptivos: Ley 24779. Según la clase de adopción. Existen 2 casos: adopción plena: confiere al adoptado una filiación que sustituye a la de origen. El adoptado deja de pertenecer a su familia biológica y se extingue el parentesco con los integrantes de esta, y el adoptado goza de los mismos derechos y obligaciones que ele hijo biológico (art. 323 CC). El hijo adoptivo llevara el primer apellido del adoptante o su compuesto, en caso de que los adoptantes sean cónyuges (las reglas son iguales a las de los hijosmatrimoniales).
Adopción simple: Art. 329 CC: Confiere al adoptado la pocisión del hijo biológico, pero no crea vinculo de parentesco entre aquel y la familia biológica del adoptante (el adoptado mantiene su vinculo de sangre). Esta adopción impone al adoptado el apellido del adoptante, pero aquel podrá agregar el suyo propio a partir de los 18 años.
Casos de adquicisión derivada: Estos casos se dan cuando la mujer se casa, queda viuda, se separa, se divorcia o si se produce la nulidad del matrimonio.
Mujer casada: Será optativo para la mujer casada añadir a su apellido el del marido precedido por la preposición “de” (Ley 18248 art. 8).
Viuda: Puede solicitar al registro la supresión