Gobiernos revolucionarios
•Qué es una persona física?ART.20
Son los seres humanos. Toda persona física tiene los derechos que la constitución y las demás normas le otorgan. En contraposición a persona físicas existen la persona jurídica. Las personas físicas pueden realizar contratos, realizar declaraciones, comparecer en juicios, etc. Las personas físicas pueden actuar en nombre propio o en representación de otra persona física o jurídica.
•Cuál es la extinción de la(s) persona(s) morales y jurídicas? ART.32, ART. 35 Y ART. 25
Algunas personas jurídicas tienen una duración indefinida, como las de derecho público, las de derecho privado, en general, pueden dejar de existir. En las personas jurídicas de derecho privado es …ver más…
En la legislación mexicana, todos tenemos por el simple hecho de existir capacidad Jurídica o de goce.
• Qué es Derecho de Libertad?ART.1
El fundamento del derecho nace en la libre capacidad del ser humano para ejercitar actos responsables de relación con otros semejantes. Sólo y en cuanto que el individuo tiene razón para conocer sus propios actos puede pactar en el grupo social, lo que implica que todos los miembros de la colectividad humana, por pertenecer a la misma, son sujetos libres y responsables de las vinculaciones establecidas entre el grupo social al que pertenecen. El derecho se crea porque cada persona desde su libertad constituye relaciones en las que empeña su voluntad de ejercicio en busca de consolidar su propio bien con el bien común del grupo que constituye. El derecho a la libertad que cada ciudadano posee por su condición de persona es inalienable en la responsabilidad de la construcción del grupo social. La libertad es tan intrínseca en la especie humana que como derecho inalienable puede ejercerse frente al resto de la humanidad sin más limitación que el respeto ajeno en su mismo derecho.
.- Derecho de acción:
La acción es un derecho público subjetivo mediante el cual se requiere la intervención del órgano jurisdiccional para la protección de una pretensión jurídica. Ello es consecuencia de la prohibición de hacerse justicia por mano propia y de haber asumido el Estado la función jurisdiccional.