Fuentes alternativas de energia en mexico
INTRODUCCION
La responsabilidad de los servidores publicos la tenemos contemplada en varias de nuestras leyes como lo es la Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Publicos, La Ley Federal de Responsabilidad Administrativa de los Servidores Publicos y por ultimo lo tenemos contemplado en nuestra Constitucion en su Titulo Cuarto del artioculo 108 al 114, y en cada una de las entidades federativas en conjunto con sus legislaturas que conforman a la República Mexicana.
Lo que estas leyes tratan de evitar es que los Servidores Publicos, infrinjan alguna de nuestras normas, a favor de nosotros como personas fisicas.
El articulo 108 de nuestra Constitucion nos dice quienes …ver más…
Una irregularidad administrativa puede no ser delito, pero implicar el despido de un funcionario. De hecho, las acusaciones constitucionales suelen ser ejercicio de imputación de responsabilidad política (no jurídica): el "notable abandono de deberes", fórmula clásica de reproche político, no implica un juicio jurídico. Desde esta perspectiva podemos afirmar que la responsabilidad política debe distinguirse de la jurídica y que eso es normal. Ello mantiene, de hecho, distinguida a la política del derecho para que cada sistema cumpla con su función, lo que debe celebrarse en sociedades como la nuestra.
Pero que ambas cosas puedan distinguirse, no implica renunciar a que las reglas del sistema político operen con cierta consistencia en el tiempo. En otros términos, tanto los imputados de responsabilidad política como los de responsabilidad jurídica necesitan tener un mínimo de certeza respecto de cuáles son las reglas por las que se les atribuirá responsabilidad.
“La responsabilidad política se manifiesta como un control que ejerce el legislativo sobre los altos funcionarios de todos los poderes, que al mismo tiempo representan un medio para contrarrestar el control que se le ha delegado al Poder Judicial sobre las actividades de los otros dos poderes, lo que deriven en control mutuo entre los poderes públicos, hecho posible por el principio constitucional de salvaguarda