Evolucion de la salud publica en mexico
La sustanciación varía de acuerdo con el medio de impugnación de que se trate. Concluida la sustanciación, el juzgador deberá proceder a dictar su resolución Resolución: El procedimiento termina con la resolución que pronuncia el órgano jurisdiccional competente sobre si resultaron fundados o no los motivos de inconformidad (o agravio) expresados por el impugnador; y se declara la validez o la nulidad del acto impugnado o determina su confirmación, revocación o modificación CLASIFICACIÖN Para clasificar los medios de impugnación se van a tomar dos criterios: La generalidad o especificidad de los supuestos que pueden combatir La identidad o diversidad entre el órgano que emitió el acto impugnado y el que decidirá la impugnación Los poderes atributivos al juzgador que debe resolver la impugnación. A. Por la generalidad o especificidad de los supuestos: Los medios de impugnación pueden ser ordinarios, especiales o excepcionales · Los ordinarios: Son los que se ocupan para combatir la generalidad de las resoluciones judiciales.( recurso de apelación, revocación y reposición) · Especiales: Son los que sirven para impugnar determinadas resoluciones judiciales, señaladas