Estructura de las normas de informacion financiera
1. Historia De Las Sucesiones Con Respecto A La Caducidad Y La Prescripción
Derecho Romano
La prescripción del testamento: en el Derecho romano podemos decir que la única forma en que se podía transmitir la herencia era por medio del testamento el cual contiene la última voluntad, era esencialmente revocable en caso de que el testador descubriera que el contenido de su testamento ya no correspondía a una ulterior voluntad suya.
La prescripción de un testamento se podía hacer de los siguientes modos:
a) Por la confección de un nuevo testamento. Aun en el caso de que éste fuera parcialmente compatible con el testamento anterior, el testamento hecho primeramente quedaba totalmente revocado a fin de eliminar una …ver más…
Se desenvolvió entonces la sucesión legítima formal que consistía en la obligación impuesta al testador de no preferir a los sucesores ab intestato de la primera clase o sea, según la jurisprudencia, a los herederos civiles, los sui, siguiendo con esto el espíritu del ordenamiento familiar romano.
La institución o la desheredación debía de hacerse en la forma debida, el filius sus debía ser desheredado nominalmente y las hijas y los nietos acumulativamente, Justiniano en su Novela 115 prescribió que los ascendientes y los descendientes debían ser necesariamente herederos y sólo podían ser desheredados por los motivos graves y determinados.
La caducidad tiene su origen en Roma en materia de herencia y aún vemos una cierta equivalencia en este contexto. Los bienes caducos eran aquellos de los que se disponía válidamente, pero que no llegaron a adquirirse por causas posteriores o de muerte del testado; p.e. por ilegalidad del heredero instituido.
DOCTRINA
EVOLUCIÓN HISTÓRICA
Efectivamente la institución conocida como prescripción tiene su origen en el Derecho Romano y resulta de la unión de dos instituciones conocidas en aquel derecho bajo el nombre de usucapión o sea, un modo de adquirir la propiedad por la posesión prolongada y bajo determinadas condiciones señaladas por la ley y la praescriptio longi témporis la otra, que fué creada con el objeto de llenar las lagunas dejadas por la primera. Justiniano fue el autor de esta unión la que llevó a