Estados de excepción en venezuela
Definición
Un estado de excepción (también conocido como régimen de excepción o estado de emergencia), es un mecanismo contemplado en la constitución de un país en caso de que exista alguna situación extraordinaria, como catástrofe natural, perturbación grave del orden interno, guerra exterior, guerra civil, invasión, o cualquier otro peligro considerado gravísimo, con la finalidad de afrontarlo adecuadamente. Habitualmente, un régimen de excepción contempla la suspensión o restricción de ciertos derechos fundamentales.
De acuerdo a lo estipulado en la LEY ORGÁNICA SOBRE ESTADOS DE EXCEPCIÓN, “los estados de excepción son circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico, que afecten …ver más…
Su duración será hasta sesenta días, prorrogable por un plazo igual, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la presente Ley.
El estado de emergencia económica se conoce como aquellas circunstancias que alteran o afectan la situación económica del país.
CAUSAS: este estado se implementa cuando sobrevienen hechos que perturban o amenazan en forma grave e inminente el orden económico.
DURACIÓN: este Estado de Emergencia se implementa por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en el año calendario.
PROCEDIMIENTO: el Presidente, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Emergencia, mediante tal declaración, que deberá ser motivada, podrá el Presidente, con la firma de todos los ministros, dictar decretos con fuerza de ley, destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos.
Estos decretos deberán referirse a materias que tengan relación directa y específica con el Estado de Emergencia, y podrán, en forma transitoria, establecer nuevos tributos o modificar los existentes. En estos últimos casos, las medidas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente. El Gobierno, en el decreto que declare el