Empresas Mercantiles
Es la empresa que cuenta con un solo propietario. La persona individual registrada ante el Registro Mercantil es quien obtiene los beneficios y derechos de la empresa pero también es responsable de las obligaciones en que incurra ésta. La empresa mercantil individual una vez inscrita deberá obtener una patente de empresa mercantil para poder operar comercialmente. *
Son comerciantes individuales cuando su capital excede Q5,000.00 y quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro, Código de Comercio, título preliminar, artículo No. 2, cualesquiera actividades que se refieren a lo siguiente: 1. La industria dirigida a la producción transformación de bienes y a la prestación de servicios. 2. La …ver más…
0014) Valor Q.1.00. Requisitos para llenar el formulario SAT- No. 0014: 1. Para llenar este formulario deberá de usar máquina de escribir o letra de molde. 2. No se aceptará la presentación del formulario con tachaduras, enmiendas o similares. 3. Si se trata de inscripción, se utilizará la casilla No.2 y en el caso de ser una actualización utilizar la casilla No.3, anotando en ambos casos una ¨X¨.
Escriba los datos solicitados en “Datos de identificación para persona individual” en las casillas de la No.05 a la 16 y en “Datos generales” en las casilla de la No.27 a la 43, en el caso de que proceda. De lo contrario escriba una línea para anular el espacio NO utilizado del formulario SAT- No. 0014.
La Empresa Individual (Empresa Mercantil) debe tomar la decisión de cual será el Régimen de pago del Impuesto Sobre la Renta.
Los regímenes establecidos por la Ley y vigentes son los siguientes: 1. Régimen de Cuota fija 5%, pagos trimestrales del 5% sobre servicios técnicos y arrendamientos con o sin oficina. 2. Régimen de Cuota fija 5%, pagos trimestrales 5%, sobre actividades mercantiles. 3. Régimen de Declaración anual, pagos trimestrales sobre servicios técnicos o profesionales y arrendamientos, con o sin oficina. 4. Régimen de Declaración anual, pagos trimestrales sobre actividades mercantiles. 5. Contribuyente Normal sobre servicios técnicos o profesionales y arrendamientos, con o sin oficina. 6.