Contrato de hospedaje
En el presente trabajo abordaremos las diferentes responsabilidades que surgen del contrato de hospedaje. Resulta imprescindible, antes de avanzar en el tema, realizar una breve referencia al contrato de hospedaje. El contrato de hospedaje es innominado, en nuestro código civil solo están legisladas las responsabilidades de los posaderos al tratar el depósito necesario. Podemos definir a dicho contrato como “el acuerdo de voluntades que se celebra entre el empresario hotelero que, actuando profesionalmente en esa cualidad, presta habitualmente y de manera organizada a otro, denominado huésped o viajero que paga un precio, el servicio de uso de habitación y demás servicios complementarios (ropa de cama, radio, …ver más…
Estos antecedentes han sido tenidos en cuenta por el codificador en el artículo 1118 del Código Civil, cuando dice: “los dueños de hoteles, casas públicas de hospedaje y establecimientos públicos de todo género son responsables del daño causado por sus agentes o empleados en los efectos, de los que habitan en ella o cuando tales efectos desapareciesen aunque prueben que les ha sido imposible impedir el daño”. Este tipo de responsabilidad en el Código Civil argentino tiene una doble regulación. Por una parte se refieren a él los artículos 1118 y 1120 ubicados entre los cuasidelitos (Tít. IX, Sec. II Libro II), lo que podría hacer pensar que se trata de un supuesto de responsabilidad extracontractual. Por otro lado, es regulado en los artículos 2229 y subsiguientes C.C. (Cap. VI, Tít. XV, Sec. III, Lib. II) vinculado al depósito necesario, lo que lo haría ver como un caso de responsabilidad contractual. La doctrina mayoritaria considera que la única acción para determinar la responsabilidad del hotelero (salvo el hecho personal) por el daño ocasionado al pasajero o a sus efectos, es la que deriva de la naturaleza contractual de la relación. En cuanto al tema nuestra jurisprudencia ha tenido razón de expedirse[2] “cualquiera sea el significado que pueda atribuirse a la asistencia incluida en el vocablo hospedaje, es obvio que, jurídicamente, la obligación de brindarla no