Compraventa En El Estado De Sonora
Art. 2483.- La compraventa es un contrato por virtud del cual una de las partes transfiere a la otra la propiedad de una cosa o de un derecho, obligándose esta última al pago de un precio cierto y en dinero. 2. ¿Cómo se perfecciona la compraventa de cosas que se pesan o miden?
Art. 2495.- En las ventas en las cuales el precio se determina por el peso, cuenta o medida de los objetos, la venta no será perfecta sino hasta que las cosas sean pesadas, contadas o medidas. 3. ¿Qué venta prevalece cuando un bien se vende a varias personas?
Art. 2506.- Si la cosa vendida fuere mueble, prevalecerá la venta primera …ver más…
9. ¿Qué modalidades de compraventa regula nuestro Código Civil?
Art. 2553.- Puede pactarse que la cosa comprada no se venda a determinadas personas, pero es nula la cláusula en que se estipule que no puede venderse a persona alguna.
Art. 2554.- Queda prohibida la venta con pacto de retroventa, así como la promesa de venta de un bien raíz que haya sido objeto de una compraventa entre los mismos contratantes.
Art. 2555.- Puede estipularse que el vendedor goce del derecho de preferencia.
Art. 2561.- Si se venden cosas futuras, tomando el comprador el riesgo de que no llegasen a existir el contrato es aleatorio y se rige por lo dispuesto en el apítulo relativo a la compra de esperanza.
Art. 2562.- La venta que se haga facultando al comprador para que pague el precio en abonos, se sujetará a las reglas siguientes:
I.- Si la venta es de bienes inmuebles, puede pactarse que la falta de pago de uno o de varios abonos ocasionará la rescisión del contrato. La rescisión producirá efectos contra tercero que hubiese adquirido los bienes de que se trata, siempre que la cláusula rescisoria se haya inscrito en el Registro Público;
II.- Si se trata de bienes muebles, tales como automóviles, motores, pianos, máquinas de coser u otros que sean susceptibles de identificarse de manera indubitable, podrá también pactarse la cláusula resolutoria de que habla la