Comentario De Texto, Fragmento De Las Cortes De Zamora De 1274

1489 palabras 6 páginas
«Estas son las cosas que fueron siempre usadas de librar por corte del Rey: Muerte segura. Muger forzada. Tregua quebrantada. Salvo quebrantado. Casa quemada. Camino quebrantado. Traycion. Aleve. Riepto».

(Cortes de Zamora de 1274, pet. 46, en Cortes de los antiguos reinos de León y Castilla, ed. Real Academia de la Historia, t. I, Madrid 1861, pp. 87-94).
«Estas son las cosas que fueron siempre usadas de librar por corte del Rey: Muerte segura. Muger forzada. Tregua quebrantada. Salvo quebrantado. Casa quemada. Camino quebrantado. Traycion. Aleve. Riepto».
(Cortes de Zamora de 1274, pet. 46, en Cortes de los antiguos reinos de León y Castilla, ed. Real Academia de la Historia, t. I, Madrid 1861, pp.
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La política de unificación jurídica seguida por Fernando III y Alfonso X fue un éxito en cuanto a la expansión del Fuero Juzgo por Andalucía y Murcia, ya que estas tierras carecían de una tradición jurídica propia. Sin embargo, la concesión del Fuero Real como fuero municipal a distintas localidades de Castilla encontró gran resistencia, tanto por parte de los concejos de las ciudades y villas, como por parte de la nobleza. Ya que el Fuero Real favorecía el poder del rey en detrimento del poder de los nobles y concejos.
Esta resistencia contra el fuero real triunfó en 1272. Tanto los nobles castellanos como los concejos reclamaron a Alfonso X el restablecimiento de sus fueros antiguos. En las Cortes de Zamora de 1274, Alfonso X restableció el derecho municipal o Ius Propium, limitó la aplicación del nuevo derecho, es decir, del Fuero Real y estableció la distinción entre pleitos foreros y pleitos del rey.
- Pleitos foreros
Los más numerosos para solucionar los conflictos más comunes. En la que jueces municipales y señoriales aplicarán sus fueros.
- Pleitos del rey
Se ordena establecer un tribunal permanente, el Tribunal de Corte, compuesto por veintitrés jueces o alcaldes, que se ocuparán de un número reducido de supuestos, pero los más graves, tales como muerte (esto es, cuando se da muerte estando bajo seguro real o en tregua, con fianzas de no hacerle ningún mal); mujer forzada; tregua rota; salvo quebrantado (cuando se rompía el , esto es, de no

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