Aumento, Reintegro, Reducción Del Capital Social Así Como El Balance, La Disolución Y Liquidación De Las Sociedades Anónimas
El reintegro de capital es el acto por el cual los socios vuelven a aportar un importe igual o distinto a lo antes aportado, a prorrata de las acciones que poseen, sin recibir a cambio de dichos aportes, nuevas acciones. Lo que se pretende con el reintegro, es aumentar el patrimonio afectado por pérdidas con el fin de restablecer su equilibrio con el capital.
Con ese aporte se produce un aumento patrimonial real que permite compensar y eliminar las pérdidas acumuladas. Producido el reintegro se produce un aumento de patrimonio sin que varíe el capital social ni el integrado. El capital social permanece igual porque no hay reforma del estatuto. El capital …ver más…
Los comisarios analizaran el balance presentado y la actuación de la administración, entregando un informe del mismo con sus observaciones, para su aprobación, se tendrá copia tanto de este informe como del balance depositados en la compañía hasta 15 días precedentes a la asamblea y hasta que se apruebe.
“Art.307: No puede pagarse dividendos a los accionistas sino por utilidades liquidas y recaudadas.
Ni en la escritura constitutiva, ni en los estatutos, ni en otros documentos podrán las sociedades establecer intereses a favor de sus acciones.
Los accionistas no están obligados a restituir los dividendos que hayan poseído en virtud de balances sociales hechos de buena fe.
La acción en repetición se prescribe en todo caso por cinco años contados desde el día fijado para la distribución”. Análisis: Según lo expresado anteriormente podemos entender que los dividendos solo pueden pagarse a los accionistas por utilidades liquidas y recaudadas, y en ningún momento los accionistas estarán obligados a restituir los dividendos percibidos, de igual manera la acción de repetición prescribe a los 5 años, que empieza a contarse desde el instante en que se fija la distribución.
“Art.308: Dentro de los diez días siguientes a la aprobación del balance, presentaran los administradores una copia de él y del informe de los comisarios, al Juez de comercio que lo mandara agregar al respectivo expediente”. Análisis: Esto quiere decir, que una vez aprobado el