Aportaciones de la blanche a la geografia
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA -SUBSECCIÓN "B"
CONSEJERO PONENTE: TARSICIO CÁCERES TORO
Bogotá D. C., diecisiete (17) de junio de dos mil cuatro (2004)
Radicación
Actor:
Demandado:
Controv.
Ref. 05001-03
No. 23001-23-31-000-2000-03429-01
MARÍA CAROLINA PLAZA PÉREZ
DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA
SOBRESUELDO 15% DOCE. PREESCOLAR
AUTORIDADES DEPARTAMENTALES
Se decide el recurso de apelación interpuesto por la P, Actora contra la sentencia del 12 de Diciembre de 2002, proferida por el Tribunal Administrativo de Córdoba en el Exp. No. 00-03429, mediante la cual se denegaron las pretensiones de la demanda.
ANTECEDENTES:
LA PRIMERA INSTANCIA Y SU TRÁMITE
LA DEMANDA. MARÍA CAROLINA PLAZA …ver más…
Actora, y en consecuencia no hay violación de las normas invocadas en la demanda, por lo que deniega las pretensiones de la misma. (Fis. 43 a 49)
LA APELACIÓN DE LA SENTENCIA. La P. Actora apeló el fallo de primera instancia. Argumentó:
Que no obstante la abundante jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre el tema, el A quo insiste en mantener la discriminación entre docentes que cumplen la misma función y tienen los mismos requisitos, separados tan solo por la circunstancia de que unos se vincularon al servicio antes y otros con posterioridad al 23 de febrero de
1984. Sobre esa base, afirma el recurrente, que no se inició la acción de nulidad y restablecimiento contra el acto ficto persiguiendo que se le suprimiese el sobresueldo a unos cuantos docentes, sino para que se le concediera a quienes no lo devengaban. (FIs. 52 a 53)
LA SEGUNDA INSTANCIA. Él recurso se admitió y tramitó. Ahora, al no observarse causal de nulidad que invalide lo actuado, se procederá a dictar sentencia previas las siguientes,
CONSIDERACIONES:
En este proceso se debate la legalidad del acto ficto negativo relacionado con la petición de la P. Actora, formulada al Gobernador del Departamento de Córdoba, sobre el pago del sobresueldo del 15% de su salario básico en razón de su desempeño como docente de preescolar. El a-quo denegó (as pretensiones de la demanda. Se encuentra que la P. Actora APELÓ tal providencia,