Analisis Jurisprudencial Sentencia T-667 De 2011
Sentencia T-667 de 2011
TEMA: acción de tutela interpuesta por la violación al derecho fundamental de petición art: 29 C.P y su eventual respuesta.
PROBLEMA JURÍDICO: procedencia de la acción de tutela interpuesta por la señora: DIANA MARIA GAMARRA VELAZQUE obrando en nombre propio y de su hija Kiara María Díaz Gamarra en contra de la oficina de alto comisionado de las naciones unidad para los derechos humano (OACNUDH) en vinculación oficiosa a l MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORE, en virtud de garantizar la respuesta al derecho de petición instaurado por la señora MARIA GAMARRA VELAZQUE a la OACNUDH el 27 de diciembre de 2010. La accionante interpuso un derecho de petición ante la oficina del alto …ver más…
De igual manera hablo sobre el alcance del derecho fundamental de petición ante entidades privadas o particulares y enfatizó en que deberán tenerse en cuenta los siguientes puntos: (i) cunado la petición se presenta ante un particular que presta un servicio público o que realiza funciones públicas de acuerdo con el criterio funcional, este se asimilara a las entidades públicas, (ii) en el momento en que formulada la petición ante un particular, la protección ante otro derecho fundamental haga imperativa la respuesta o la ausencia de la respuesta sea en si misma lesiva de otro derecho fundamental, es posible ordenar por vía del amparo constitucional que esta se produzca, (iii) por fuera de los anteriores supuesto, el proceder del derecho de petición frente a organizaciones se configura como tal cuando el legislador así lo reglamente. 2º) Inmunidad de los organismos internacionales.
Principio de inmunidad de jurisdicción restringida.
De acuerdo con la jurisprudencia constitucional, el principio de inmunidad se deriva de una regla de derecho internacional público, reconocido por la costumbre y varios instrumentos internacionales, en virtud del cual “los agentes y bienes de Estados extranjeros deben ser inmunes frente a la actuación coercitiva de las autoridades públicas de los Estados huéspedes.
Con relación a este principio la corte