Acuerdo
(0044)
POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UNA EXCEPCION Y SE
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
La directora administrativa de cobro coactivo de la Secretaria Área Hacienda Municipal en uso de sus facultades legales en especial a las conferidas en el Estatuto de Rentas
CONSIDERA
Que
|M. DE PAGO : 30454 DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2000 |
|CONTRIBUYENTE : RODRIGUEZ SALGAR JAIRO-ALFONSO,SALGAR RODRIGUEZ MERCEDES Y RODRIGUEZ SALGA MARLENE |
|IMPUESTO : PREDIAL UNIFICADO Y SOBRETASAS |
|N. C. …ver más…
Revisada la prensa se pudo comprobar que no aparece notificándoseles del MP # 30454, en ninguna de las publicaciones efectuadas por el Diario la Opinión de esta ciudad. A nombre de los sres. Propietarios. Del predio No. 010700210002901.
* Si miramos los Antecedentes antes vistos el Contribuyente Para la fecha del 11 de Julio del 2.005 firmó Acuerdo de pago No. 1300 el sr. JAIRO ALFONSO RODRIGUEZ SALGAR, a (12) doce Cuotas.
Ahora bien, analicemos la normatividad relacionada con la interrupción de los términos de prescripción de la acción de cobro.
Art. 836 Estatuto de Rentas. El cual reza así: Interrupción y suspensión del término de prescripción. El término de la prescripción de la acción de cobro se interrumpe por la notificación del mandamiento de pago, por el otorgamiento de facilidades para el pago, por la admisión de la solicitud del concordato y por la declaratoria oficial de la Liquidación Forzosa Administrativa o del trámite de liquidación obligatoria.
Interrumpida la prescripción en la forma aquí prevista, el término empezará a correr de nuevo desde el día siguiente a la notificación del mandamiento de pago, desde la terminación del concordato o desde la terminación de la Liquidación Forzosa Administrativa o de la liquidación obligatoria.
El término de prescripción de la acción de cobro se suspende desde que se dicte el Auto de suspensión de la diligencia del remate y hasta :
La