3.2 Requisita contratos mercantiles de acuerdo a los lineamientos que establece la ley Federal y las leyes de su región.
A. Identificación de la legislación en contratos mercantiles.
• Código de Comercio.
Es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho mercantil, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones mercantiles.
• Ley general de Títulos y operaciones de Crédito.
Se encarga de regular y sentar las normas para la actividad financiera en México. Fue creada en 1932, con la finalidad de establecer regulaciones entre los clientes y los prestadores de servicios financieros. Este documento se renueva y actualiza con regularidad para adaptarse a las necesidades financieras que …ver más…
Es un contrato por medio del cual el sujeto depositario recibe una cosa que le confía el depositante, con la obligación de custodiarlo y devolverlo cuando lo requiera.
Puede ser regular, cuando se devuelve el mismo bien que se depositó e irregular cuando se devuelve uno distinto de la misma especie y calidad.
• Comisión.
Es un modelo de contrato mediante el cual una empresa o profesional autónomo (el comisionista) se compromete a realizar un acto u operación mercantil por encargo de otro (el comitente), siendo responsable de los resultados y percibiendo una remuneración a cambio (la comisión).
• Suministro.
El contrato de suministro es un contrato comercial que consiste en que por un lado hay una parte que se obliga a cumplir a favor de otra, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de cosas o servicios, a cambio de un pago o contraprestación, es decir, una persona se compromete a proveer cosas a servicios a otra a cambio de un pago.
• Estimatorio.
Es aquel por medio del cual un sujeto, llamado consignante, entrega a otro llamado consignatario, mercaderías a un precio estimado, para que en un plazo fijado se pague dicho precio o bien se devuelvan las mercaderías.
• Transporte.
Es un contrato en virtud del cual uno se obliga por cierto precio a conducir de un lugar a otro, por tierra, canales, lagos o ríos navegables, pasajeros o mercaderías ajenas, y a entregar éstas a la persona a quien vayan dirigidas.
•