- Concepto de
factoring - Origen
- Importancia
- ¿En que consiste el
factoring? - Factoring
internacional - ¿Qué empresas
suelen contratar el factoring? - ¿Qué agentes
actúan? - ¿Cuáles son los
instrumentos con contenido crediticio? - Conocimiento del factoring por
los deudores - ¿Cuáles son
los criterios básicos de clasificación del
factoring? - Clasificación del
factoring según Fred Weston - ¿Cuáles son las
características de los créditos comerciales que
pueden ser objetos de factoring? - ¿Cómo se
establece la tarifa de factoraje? - Ventajas e inconvenientes de un
contrato de factoring - ¿Qué entidades
pueden realizar las operaciones de
factoring? - ¿Es el factoring un
servicio caro para la empresa? - ¿Cuáles
son los servicios administrativo-financieros del
factoring? - Pasos para realizar el
factoring
Factoring virtual a través de
www.confinsura.com#factvirtual- El contrato de factoring en
Cuba - El factoring en el Banco de
Crédito del Perú - Anexo
- Conclusiones
- Diccionario de términos
comunes - Bibliografía
Para las empresas es
común enfrentarse a problemas de
diversa índole, en un principio están: El alto
porcentaje de financiación de las entidades; las
dificultades para acceder a otras fuentes de
recursos; la
tradicional organización administrativa en las unidades
de producción; las prácticas
clásicas y en ocasiones anticuadas que se conservan en las
ventas y en
las relaciones con los clientes.
A esto hay que sumarle lo que trae consigo las ventas al
crédito, o sea, el alargamiento de los
ciclos de cobro, la falta de liquides inmediata, la posibilidad
del no cobro, la necesidad de mantener personal
encargado del conocimiento
permanente de la solvencia de los deudores.
Todo esto constituye una amenaza para lograr el equilibrio
financiero, por lo que se hace necesario la búsqueda de
variantes de financiamiento. Una de ellas es el Factoraje
(factoring) que se
convierte en el medio para prevenir y controlar dichas
dificultades.
Por ello el presente trabajo
denominado EL CONTRATO DE
FACTORING DENTRO DEL SISTEMA
FINANCIERO DEL PERU pretende
darnos a conocer e informarnos un poco sobre lo que es el
Contrato de Factoring, el cual en el Perú es reglamentado
por la Superintendencia de Banca y Seguros mediante
Resolución S.B.S Nº 1021-98.
EL CONTRATO DE
FACTORING DENTRO DEL SISTEMA
FINANCIERO DEL PERU
CONCEPTO DE FACTORING
Es un producto
financiero con el que su empresa puede
obtener financiación inmediata de sus ventas a
crédito comercial a otras empresas y obtener, si lo desea,
la garantía de insolvencia de sus compradores.
Según el Superintendente de Banca y Seguros(SBS), el
factoring es la operación mediante la cual el Factor
adquiere, a título oneroso, de una persona natural o
jurídica, denominada Cliente,
instrumentos de contenido crediticio, prestando en algunos casos
servicios
adicionales a cambio de una
retribución. El Factor asume el riesgo crediticio
de los deudores de los instrumentos adquiridos, en adelante
Deudores.
El factoring de exportación es la cesión que
la empresa
exportadora hace a un intermediario financiero sobre el derecho
de cobro de los créditos otorgados, a un interés
preestablecido, pudiendo este asumir o no el riesgo de la
operación.
CONCEPTO DE CONTRATO DE
FACTORING
"El contrato de factoring es calificado por la doctrina
científica como un contrato atípico, mixto y
complejo, llamado a cubrir diversas finalidades económicas
y jurídicas del empresario por
una sociedad
especializada, que se integran por diversas funciones, aun
cuando alguna de ellas no venga especialmente pactada, y que se
residencian: en la función de
gestión, por la cual la entidad de
factoring se encarga de todas las actividades empresariales que
conlleva la función de gestionar el cobro de los
créditos cedidos por el empresario, liberando a
éste de la carga de medios
materiales, y
humanos que debería arbitrar en orden a obtener el abono
de los mismos; la función de garantía, en este
supuesto la entidad de factoring asume, además, el riesgo
de insolvencia del deudor cedido, adoptando una finalidad de
carácter aseguratorio; y la función
de financiación, que suele ser la más frecuente, en
ella la sociedad de factoring anticipa al empresario el importe
de los créditos transmitidos, permitiendo la
obtención de una liquidez inmediata, que se configura como
un anticipo de parte del nominal de cada crédito cedido,
aparte de la recepción por la sociedad de factoring de un
interés en la suya".
Según SBS, el contrato de factoring (ver en ANEXO un
Modelo de
Contrato) deberá contener como mínimo lo
siguiente:
- Nombre, razón o denominación social y
domicilio de las partes; - Identificación de los instrumentos que son objeto de
factoring o, de ser el caso, precisar los criterios que
permitan identificar los instrumentos respectivos; - Precio a ser pagado por los instrumentos y la forma de
pago; - Retribución correspondiente al Factor; de ser el
caso; - Responsable de realizar la cobranza a los Deudores; y,
- Momento a partir del cual el Factor asume el riesgo
crediticio de los Deudores.
El origen del FACTORING, según los estudios realizados,
se remonta al comercio
textil entre Inglaterra y sus
colonias norteamericanas, en el cual aparece la figura del FACTOR
con un marcado matiz de agente o representante de los
comerciantes e industriales ingleses en aquellas tierras.
Posteriormente la figura de este representante fue
evolucionando, tanto en su condición como en la actividad
de los servicios que prestaba, hasta convertirse en la actual
COMPAÑÍA DE FACTORING (Factor), como empresa
independiente y con las funciones administrativo-financieras.
La operación de Factoring tiene por finalidad auxiliar
a los fabricantes y comerciantes en la
organización y llevanza de su contabilidad y
en la facturación de los procesos y
servicios que lanzan en el mercado.
El contrato de Factoring ofrece una pluralidad de servicios
administrativos y financieros, tales servicios comprenden
principalmente, la gestión y cobro de los créditos
cedidos por el cliente y aceptados en cada caso por el factor, el
cual asume, en las condiciones de contrato, el riesgo de
insolvencia de los deudores. Esta concepción tradicional
(Old line Factor) ha evolucionado incorporando al Factoring la
concesión de anticipos en efectivo a cliente sobre el
importe de los créditos cedidos (New Style factor)
Además, implica otras prestaciones
como: estudio del grado de solvencia de los deudores
asignándole una línea de riesgo a cada uno de
ellos, gestión integral del cobro de los créditos,
servicios de contabilidad, e informa periódicamente sobre
el estado de
la cuenta de cada uno de los deudores.
El Factoring resulta conveniente y ventajoso porque permite
convertir Ventas al Crédito como si fueran al contado,
evitando que la empresa se enfrente a desbalances por falta de
liquidez inmediata, permite además planificar con certeza
los flujos financieros al convenir desde el inicio de su ciclo de
operaciones el
descuento de las deudas futuras; de esta forma, la empresa
mejora:
- Su gestión financiera y comercial.
- Puede ofrecer a sus clientes comerciales sin afectar sus
flujos de caja. - Puede mejorar la relación con los proveedores.
- Maneja apropiadamente el inventario.
- Facilita el crecimiento de la empresa.
¿EN QUE
CONSISTE EL FACTORING?
Es una operación que consiste en la cesión de la
"cartera de cobro a clientes" (facturas, recibos, letras… sin
embolsar) de un Titular a una firma especializada en este tipo de
transacciones (sociedad Factor), convirtiendo las ventas a corto
plazo en ventas al contado, asumiendo el riesgo de insolvencia
del titular y encargándose de su contabilización y
cobro; es decir, consiste en la compra de los créditos
originados por la venta de
mercancías a corto plazo.
Las operaciones de factoring pueden ser realizadas por
entidades de financiación o por entidades de
crédito: bancos, cajas de
ahorros y cooperativas
de crédito.
El factoring es apto sobre todo para aquellas PYME cuya
situación no les permitiría soportar una
línea de crédito. Debido a que el servicio de
factoring ofrece a una empresa la
posibilidad de liberarse de problemas de facturación,
contabilidad, cobros y litigios que exigen un personal muy
numeroso.
En el caso de Factoring Internacional la figura de factor se
desdobla en dos: un factor exportador, que ante el cliente sigue
teniendo las mismas funciones y responsabilidades que el
Factoraje Nacional; y el factor importante que actúa como
corresponsal del factor exportador para realizar las funciones
que éste no puede llevar a cabo directamente en el
país del importador. Estos dos factores actúan
mediante acuerdos de mutua colaboración, generalmente
dentro de grandes asociaciones internacionales conocidas como
Cadenas de Factoring, que regulan las normas de
funcionamiento y arbitraje en caso
de conflictos
entre ellos.
Con el servicio de Factoring Internacional el cliente no tiene
que preocuparse del cobro y de las barreras que pudieran existir
en el país de destino de las mercancías, como son
idioma, legislación y costumbres socio- económicas,
además que se cubre el riesgo de retraso en el pago, o el
de no pago definitivo por la quiebra del
comprador. Se ofrece también la posibilidad de que las
Compañías brinden a sus clientes los beneficios de
comprar en término de crédito abierto, y se
ahuyente el temor a las deudas pendientes, o al desestabilizador
flujo de
efectivo.
¿QUE EMPRESAS
SUELEN CONTRATAR EL FACTORING?
Todas las empresas, pequeñas, medianas o grandes que
reúnan algunas de las siguientes
características:
- Realizan ventas con pago aplazado entre 30 y 270
días Por ejemplo proveedores de grandes cadenas de
distribución, multinacionales, organismos
públicos y corporaciones donde los plazos de pago son
dilatados. - Utilizan la transferencia o el cheque
cómo forma de pago. También las empresas que
cobran por pagaré o letra aceptada, pueden acudir al
factoring, debido a los plazos que puedan tardar en recibir los
documentos. - Necesitan a parte de la financiación de sus ventas,
la cobertura de insolvencia de las mismas. - Poseen un número limitado de compradores, que
representan una parte importante de su cifra de ventas, lo que
representa una concentración de riesgos, que
desean cubrir. - Empresas en expansión, que necesitan
financiación para poder seguir
creciendo, aunque su actual estructura
sea limitada. - En el caso de las grandes empresas, el factoring les
permite mejorar la estructura de su balance, mediante la
movilización de su cuenta de clientes.
El deudor, quien le documenta una deuda al cliente del
factoring por haber recibido de él mercaderías
producto de ventas o servicios no financieros.
El cliente, tiene una factura para
cobrar al deudor y necesita dinero ya.
La empresa que hace factoring, quien a cambio de quedarse con
el derecho de cobro de la factura (aceptar la cesión de
cuentas por
cobrar), le paga al cliente el monto adeudado sujeto a un
descuento (utilizando un factor de descuento, o bien tasa de
interés de descuento), para cobrarle al deudor
posteriormente la factura en los plazos anteriormente
establecidos.
En otros términos, empresa de factoring, previa
realización de un contrato, se queda con la factura que se
le debe al cliente. Desde ese minuto, la empresa de factoring se
entenderá directamente con el deudor hasta que se le
pague.
¿CUALES SON LOS
INSTRUMENTOS CON CONTENIDO CREDITICIO?
Los instrumentos con contenido crediticio, en adelante los
Instrumentos, deben ser de libre disposición del Cliente.
Las operaciones de factoring no podrán realizarse con
instrumentos vencidos u originados en operaciones de
financiamiento con empresas del sistema financiero.
Los instrumentos objeto de factoring pueden ser facturas,
facturas conformadas y títulos valores
representativos de deuda, así definidos por las leyes y
reglamentos de la materia.
Dichos instrumentos se transfieren mediante endoso o por
cualquier otra forma que permita la transferencia en propiedad al
Factor, según las leyes de la materia. Dicha transferencia
comprende la transmisión de todos los derechos accesorios, salvo
pacto en contrario.
CONOCIMIENTO DEL
FACTORING POR LOS DEUDORES
La operación de factoring debe realizarse con
conocimiento de los Deudores, a menos que por la naturaleza de
los instrumentos adquiridos, dicho conocimiento no sea
necesario.
Se presumirá que los Deudores conocen del factoring
cuando se tenga evidencia de la recepción de la
notificación correspondiente en sus domicilios legales o
en aquellos señalados en los Instrumentos, o cuando
mediante cualquier otra forma se evidencie indubitablemente que
el Deudor conoce del factoring.
¿CUALES
SON LOS CRITERIOS BASICOS DE CLASIFICACION DEL FACTORING?
La flexibilidad del FACTORING admite tantas modalidades como
la COMPAÑIA DE FACTORING (Factor) y el CLIENTE (Vendedor)
pueda llegar a establecer. Sin embargo, si nos atenemos a la
práctica generalizada del mismo, pueden citarse tres
criterios básicos de clasificación que, combinados
entre sí, dan lugar a otras tantas modalidades. Estos
criterios son los siguientes:
- FACTORING NACIONAL: cuando el CLIENTE
(Vendedor), titular de los créditos comerciales que
cede a la COMPAÑÍA DE FACTORING (Factor) y
los COMPRADORES (Deudores) residen en un mismo
país. - FACTORING DE EXPORTACIÓN: cuando el
CLIENTE (Vendedor) y los COMPRADORES (Deudores) residen en
países distintos.
- FACTORING NACIONAL: cuando el CLIENTE
- En función del DESTINO DE LAS VENTAS.
- FACTORING SIN RECURSO: cuando la
compañía de FACTORING (Factor) asume el
riesgo de insolvencia de los COMPRADORES (Deudores). - FACTORING CON RECURSO: si es el CLIENTE
(Vendedor) el que soporta el riesgo de insolvencia de sus
COMPRADORES (Deudores).
- FACTORING SIN RECURSO: cuando la
- En función de la ASUNCIÓN DEL RIESGO DE
INSOLVENCIA de los deudores.- FACTORING CON PAGO AL COBRO: cuando la
COMPAÑÍA DE FACTORING (Factor) paga al
CLIENTE (Vendedor) una vez que ha cobrado de los
COMPRADORES (Deudores). - FACTORING CON PAGO AL COBRO CON UNA FECHA
LÍMITE: cuando la COMPAÑÍA DE
FACTORING (Factor) paga al CLIENTE (Vendedor) en la fecha
límite establecida, o en la fecha de cobro si
ésta fuese anterior a la citada fecha
límite. - FACTORING CON PAGO AL VENCIMIENTO O A UNA FECHA
PREVIAMENTE ESTABLECIDA: cuando la
COMPAÑÍA DE FACTORING (Factor) paga al
CLIENTE (Vendedor) en la fecha acordada, con independencia de que se haya o no efectuado
el cobro de los COMPRADORES (Deudores).
- FACTORING CON PAGO AL COBRO: cuando la
- En función del MOMENTO DEL PAGO por la
compañía de FACTORING (factor) al CLIENTE
(vendedor) de los créditos (facturas) cedidos.
CLASIFICACIÓN DEL
FACTORING SEGÚN FRED WESTON
Según Fred Weston en Fundamentos de Administración Financiera el factoring se
clasifica en:
- Servicio completo, Sin Recurso: Constituye el
acuerdo más general, involucra, los servicios de
financiamiento, asunción del riesgo donde el factor
asume todo el riesgo de incobralidad de las Cuentas por
Cobrar del cliente, salvo que esta sea motivada por
deficiencias del producto o servicios entregados. En la
práctica el factor no acepta las cuentas
correspondientes a algunos deudores, específicamente de
aquellos que tengan disputas comerciales con los clientes o con
otros vendedores. Cuando esto ocurre la entidad se reserva el
derecho de reasignar la cuenta al cliente o de solo aceptar
aquellas cuantas de las que no exista ningún tipo de
problema. Se le conoce también como Factoring Puro. - Factoring con Recurso: Son convenios de servicio
completo pero que no involucra la asunción del riesgo
crediticio por parte de intermediarios financieros. El cliente
mantiene el riesgo de incobrabilidad por lo que al vencimiento
de las Cuentas por Cobrar debe devolver al factor el monto
anticipado más los gastos e
intereses acordados. - Factoring de autoservicio, Con Recurso: Desde el
punto de vista otorgado por el factor es un financiamiento puro
con notificación del deudor. En este caso el vendedor
(cliente) es sujeto de crédito, pero el intermediario no
se compromete a asumir el riesgo por deudores insolventes, y es
el cliente quien ejecuta la cobranza y lleva la
administración de las cuentas del mayor de ventas,
para decidir el monto de crédito que ofrecerá y
el período de tiempo por
el cual lo concederá. En este caso al cliente reporta
diariamente al factor los pagos recibidos de los deudores, lo
que hace que el servicio sea considerablemente más
costoso. - Factoring al vencimiento: Conocido como Factoring de
"Precio
Madurez", constituye básicamente una operación de
servicio completo pero sin financiamiento, el factor
hará el análisis de los deudores y
determinará el monto del crédito aprobado, que se
comprometerá a pagar si el deudor no lo hace. El factor
transfiere los saldos pagados por el deudor al cliente a
través de las siguientes formas: - Después de un período acordado desde la
fecha de emisión de la factura o fecha de
transferencia (Período de madurez) - Al recibo del pago proveniente de cada deudor de
acuerdo al monto de cada cuenta o según el monto del
crédito aprobado por el factor cuando el deudor cae
en la insolvencia. - Factoring Nacional: Cuando vendedor y
comprador son residentes en un mismo país. - Factoring Internacional: Oferta un número básico de
servicios y provee una combinación particular de
ellos que se ajustan a los requerimientos de cada
vendedor. En caso de exportaciones, el prestamista debe
entrar en contacto con otros prestamistas localizados
en el país del comprador de la mercancía,
lo que permite que los estudios de créditos y
cobre se hagan en forma compartida. - Factoring Comercial: consiste en ofrecer
préstamos colaterales con mayor flexibilidad que
un Banco Comercial. El prestamista recibe
como respaldo de sus préstamos cualquier tipo de
activos, pero principalmente carteras.
Sin embargo al vencimiento el girador es solidario con
el girado y el prestamista puede cobrar a cualquier de
los dos. - Factoring Clásico: Es el que
proporciona servicios de cobro, seguro y financiación. - Factoring de Participación: Se
origina cuando la participación se realiza con
la intervención de un banco. - Factoring Convencional con
Notificación: El negociador adelanta dinero
inmediatamente después de la cesión a su
favor de los créditos o facturas negociables, a
su vez, el deudor es notificado de la cesión que
hecho su acreedor. - Factoring sin Notificación: El
cliente no comunica a sus compradores que ha cedido sus
créditos a favor del financista o favor. Se
emplea principalmente en aquellos casos en que los
compradores no mirarían con buenos ojo la
cesión de sus acreencias a favor de una firma
extraña a la relación habitual con su
proveedor. - Factoring por Intermedio (Agency Factoring):
Es una variedad del Factoring Internacional y se
describe como acuerdo en virtud del cual ostra entidad
diferente del factor, efectúa las cobranzas
(usualmente el mismo vendedor). Esta modalidad
constituye un acuerdo de servicio completo, pero no
incluye la actividad de las cobranzas y solo algunas
veces asume el riesgo crediticio y el seguimiento y
control del mayor de ventas. - Descuento de Facturas: Involucra
financiamiento pero sin notificación al deudor
de los intereses del factor. El cliente efectúa
el seguimiento y control de sus cuentas y el
intermediario no asume el riesgo crediticio si el
deudor no efectúa los pagos respectivos, por
consiguiente es el cliente quien debe pagar
directamente al factor por el financiamiento recibido y
quien también se encarga de las cobranzas. - Factoring "No Revelado": Se describe como un
descuento de facturas en virtud del cual se ofrece un
monto limitado de crédito, que regularmente
asciende al 80 % del total descontado, con la finalidad
de incentivar al cliente para que cumpla con eficiencia las funciones de administración y control del
crédito que otorga.
- Factoring Nacional: Cuando vendedor y
- Después de un período acordado desde la
¿CUALES SON
LAS CARACTERISTICAS DE LOS CREDITOS COMERCIALES QUE PUEDEN SER
OBJETOS DE FACTORING?
En principio no existe ninguna limitación cualitativa,
aunque la práctica mundial del FACTORING se centra en
aquellos créditos comerciales que reúnen las
siguientes características:
- Que tengan su origen en ventas por suministro de
mercancías o prestación de servicios. - Que las mercancías vendidas no sean productos
inmediatamente perecederos. - Que las ventas tengan un carácter de frecuente
repetición. - Que sean ventas efectuadas entre empresarios, es decir,
ventas a distribuidores (mayoristas o minoristas) y
también a fabricantes. - Que las condiciones de pago estén dentro del corto
plazo.
¿COMO
SE ESTABLECE LA TARIFA DE FACTORAJE?
No existe una tarifa única. Se establece en
función de:
- El carácter del contrato (con o sin recurso).
- El número e importe de los documentos de
crédito (facturas) que se vayan a ceder a la
COMPAÑÍA DE FACTORING (Factor) en un año
de distribución por importes de esas facturas. - El número de COMPRADORES (Deudores) y su
distribución geográfica. - El plazo y medio de cobro.
- El sector de actividad.
¿CUAL ES LA REMUNERACION DE LA COMPAÑIA DE
FACTORING (FACTOR)?
TARIFA DE FACTORAJE: Suele fijarse en un porcentaje
sobre el importe total de las facturas cedidas, pagándose
en el momento de la cesión de los documentos de
crédito (facturas) y remunera todos los servicios (excepto
el de anticipo de fondos).
TIPO DE INTERES POR EL ANTICIPO DE FONDOS: Se cobra
sólo por la cuantía y tiempo de los importes
anticipados, pagándose en el momento de recibir el
anticipo.
¿CUALES SON LAS VENTAJAS ECONOMICO-FINANCIERAS?
AUMENTA:
- La eficacia en los
cobros. A nivel mundial se han estimado reducciones de hasta un
25% en los plazos medios de cobro. - El flujo de tesorería, adaptándolo a las
necesidades de cada momento. - La rentabilidad
(al reducir el inmovilizado).
REDUCE:
- Los costes de material de oficina y
comunicaciones. - Los costes fijos en estructura administrativa.
- Los gastos financieros por retrasos en cobros (con
recurso).
ELIMINA:
- Los gastos y tiempo en la obtención de informes.
- Los gastos de procedimientos
contenciosos (sin recurso). - Los gastos financieros por retrasos en los cobros (sin
recurso).
¿CUALES SON LAS VENTAJAS DE GESTION DEL
FACTORING?
AUMENTA:
- La consolidación de la clientela.
- Mejor selección y por tanto, mayor
garantía de estabilidad. - La posibilidad de mejorar condiciones de venta (se pueden
dar mayores plazos sin comprometer la tesorería). - El tiempo del personal para tareas más productivas
(producir y/o vender).
REDUCE:
- El riesgo de fallidos en contratos con
recurso. - El trabajo burocrático.
- La presión
y las preocupaciones de la gerencia. - ELIMINA:
- El riesgo de fallidos en contratos sin recurso.
- Las interferencias entre los departamentos comercial y
administrativo (profesionaliza e independiza la gestión
de cobro).
VENTAJAS E INCONVENIENTES
DE UN CONTRATO DE FACTORING
VENTAJAS
- Ahorro de tiempo, ahorro de
gastos, y precisión de la obtención de
informes. - Permite la máxima movilización de la cartera
de deudores y garantiza el cobro de todos ellos. - Simplifica la contabilidad, ya que mediante el contrato de
factoring el usuario pasa a tener un solo cliente, que paga al
contado. - Saneamiento de la cartera de clientes.
- Permite recibir anticipos de los créditos
cedidos. - Reduce el endeudamiento de la empresa contratante. No
endeudamiento: Compra en firme y sin recurso. - Se puede comprar de contado obteniendo descuentos.
- Para el personal directivo, ahorro de tiempo empleado en
supervisar y dirigir la organización de una contabilidad
de ventas. - Puede ser utilizado como una fuente de financiación
y obtención de recursos circulantes. - Las facturas proporcionan garantiría para un
préstamo que de otro modo la empresa no sería
capaz de obtener. - Reduce los Costos de
operación, al ceder las Cuentas por cobrar a una empresa
que se dedica a la factorización. - Proporciona protección en procesos inflacionarios al
contar con el dinero de manera anticipada, con los que no
pierde poder adquisitivo. - En caso del Factoring Internacional, se incrementan las
exportaciones al ofrecer una forma de pago más
competitiva. - Eliminación del Departamento de Cobros de la
empresa, como normalmente el factor acepta todos los riesgos de
créditos debe cubrir los costos de cobranza. - Asegura un patrón conocido de flujos de caja. La
empresa que vende sus Cuentas por Cobrar sabe que recibe el
importe de las cuentas menos la comisión de
factorización en una fecha determinada, lo que la
planeación del flujo de
caja de la empresa.
INCONVENIENTES
- Coste elevado. Concretamente el tipo de interés
aplicado es mayor que el descuento comercial convencional. - El factor puede no aceptar algunos de los documentos de su
cliente. - Quedan excluidas las operaciones relativas a productos
perecederos y las de a largo plazo (más de 180
días). - El cliente queda sujeto al criterio de la sociedad factor
para evaluar el riesgo de los distintos compradores. - El Factor sólo comprará la Cuentas por Cobrar
que quiera, por lo que la selección dependerá de
la calidad de las
mismas, es decir, de su plazo, monto y posibilidad de
recuperación. - Una empresa que este en dificultades financieras temporales
puede recibir muy poca ayuda. - Las empresas que se dedican al Factoring son impersonales,
por lo tanto no toleran que su cliente se deteriore por
algún problema, porque es eliminada del mercado.
¿QUE
ENTIDADES PUEDEN REALIZAR LAS OPERACIONES DE FACTORING?
El factoring es una actividad especializada de las entidades
de financiación. Las operaciones de factoring
también pueden ser realizadas directamente por las
entidades de crédito universales, esto es, bancos, cajas
de ahorros y cooperativas de crédito, sin embargo, ello
requiere el montaje de departamentos especializados, ya que pese
a las apariencias, el establecimiento de un contrato de factoring
requiere análisis más complejos de los deudores y
un seguimiento tanto en el ámbito individual como
sectorial.
Por ejemplo los Bancos e instituciones
financieras que ofrecen factoring son: Bci, BICE, Corpbanca,
Banco de Chile, Banco del Desarrollo,
Factor Line, HellerNet-Sudfactoring, Banco Santander, Banco
Santiago, Scotiabank Sud Americano, Banco de Crédito del
Perú, Banco Wiese, entre otros.
¿ES EL FACTORING UN
SERVICIO CARO PARA LA EMPRESA?
No, por cuanto que los servicios que presta la COMPAÑIA
DE FACTORING (Factor) suponen un ahorro de costes para el CLIENTE
(Vendedor) al no tener que efectuar trabajos que realizaba antes
de contratar el FACTORING, además de la mejora que supone
poner en manos de profesionales la gestión de las cuentas
a cobrar de sus COMPRADORES (Deudores).
¿CUALES SON LOS SERVICIOS
ADMINISTRATIVO-FINANCIEROS DEL FACTORING?
- Analizar el grado de solvencia de los compradores,
clasificarlos en función de ésta y asignar una
línea de riesgo a cada uno de ellos. - Efectuar la gestión de cobro de las facturas que le
cede el CLIENTE (Vendedor) respetando el medio de cobro que
éste haya acordado con su comprador (recibo, letra,
transferencia, etc.). - Administrar las cuentas a cobrar: llevar un completo
control y administración, como COMPRADOR (deudor),
de las facturas que le cede su CLIENTE (Vendedor), informando a
éste, periódicamente, de las incidencias del
cobro de cada factura y del estado de la
cuenta de cada uno de los compradores, así como enviar,
con igual periodicidad, a cada COMPRADOR (deudor), un extracto
de su cuenta. - Anticipar fondos: Constituye un servicio adicional y, por
dicha razón, se remunera con independencia de los
anteriores, sólo cuando el CLIENTE (Vendedor) lo
demanda, y
exclusivamente por la cuantía y tiempo utilizado. Su
flexibilidad permite al CLIENTE (Vendedor) disponer
anticipadamente de los importes de las facturas cedidas, en el
momento y cuantía que su tesorería lo requiera.
El límite máximo suele fijarse, con
carácter general, entre un 80 por 100 y un 90 por 100
del importe de cada factura. - Asegurar los créditos: La cobertura del riesgo de
insolvencia de los COMPRADORES (deudores), hasta el 100 por 100
y con una operativa sencilla y dinámica, es otro de los servicios que
ofrece la COMPAÑÍA DE FACTORING (Factor), dando
lugar su a inclusión o no en el contrato a una de las
fundamentales clasificaciones del FACTORING.
PASOS PARA REALIZAR EL
FACTORING.
- La primera etapa es de estudio. La empresa de factoring
hace un análisis a la empresa (deudora de la factura),
luego de que ésta entregue información financiera o de
créditos. - La empresa de factoring aprueba su evaluación.
- Se firma el contrato y se cede el crédito.
Así el cliente entrega sus cheques a
fecha, facturas, vouchers de tarjetas de
crédito, letras, pagarés y otros documentos
similares a la empresa de factoring. - Esta paga comúnmente entre un 80 y un 90 por
ciento del o de los valores documentados en forma
inmediata. - Llegada la fecha de vencimiento, la empresa de factoring
le entrega el porcentaje restante menos una tasa de
interés (o factor de descuento).
FACTORING
VIRTUAL A TRAVES DE WWW.CORFINSURA.COM
El Factoring Virtual Corfinsura(Corporación
financiera Nacional y Sudamericana S.A.) le permite una mayor
comodidad, seguridad,
flexibilidad y agilidad en el proceso de
negociar facturas y obtener liquidez inmediata.
El Factoring Corfinsura no afecta el endeudamiento de
las compañías y contribuye a mejorar la
rotación del capital de
trabajo. Menos trámites, menos documentos y menor
operatividad, con un Factoring que permite un manejo y control
total de la operación.
MODALIDADES
Para ver el gráfico
seleccione la opción "Descargar" del menú
superior- Factoring Simple: Es la compra de cartera en
firme por parte de CORFINSURA al Proveedor, quien es el tenedor
de los títulos, con un descuento sobre el valor
nominal igual al interés equivalente a los días
que faltan para el vencimiento de los títulos, no
superior a 180 días; en el caso de Factoring
Virtual es a 150 días. - Factoring Triangular: En donde
CORFINSURA paga de contado al Proveedor, obteniendo el
descuento por pronto pago y lo comparte con el Comprador
concediéndole un plazo más amplio y además
le permite brindar una financiación adicional para la
cancelación de la obligación.
Para ver el gráfico seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
EL CONTRATO DE FACTORING EN CUBA
1. ¿QUE DEBE CONTENER EL CONTRATO?
El contrato al cual se hace referencia debe contener
todos los datos de la
transacción, entre ellos:
- Momento de la factorización: Se refiere al
momento en que tiene lugar el Contrato de
Factoring. - Tipo de Factoring: Definir el tipo de servicio que se
contrata. - Pagos totales o parciales: Se acordará si el
cliente recibe el importe de sus facturas en forma total al
vencimiento, o si recibe un adelanto. - Fecha de vencimiento: Contiene la fecha en que vencen
las cuentas cedidas. - Intereses a cobrar: Se estipula él por ciento
a cobrar por el factor en caso de adelantos de importe de las
facturas. - Comisión de Factoring: Se fija él por
ciento a cobrar para cubrir gastos de administración, de
verificación y cobros de crédito que hace el
factor. - Otros aspectos.
2. CARACTERISTICAS:
- Es un Contrato consensual que se perfecciona por el
sólo consentimiento de las partes. - El bilateral por cuanto en él nacen obligaciones
recíprocas para ambas partes. - El oneroso, porque ambas partes pretenden obtener una
prestación de la parte contraria. - Es un contrato de tracto sucesivo ya que obliga a
ambas partes a prestaciones sucesivas. - Es un contrato de adhesión porque el cliente
se limita a aceptar las condiciones del factor sin proponerlas
ni modificarlas.
Al no existir ninguna disposición legal que
reglamente el Factoring se encuadra este contrato dentro de la
categoría denominada como Contrato
atípico.
EL FACTORING
EN EL BANCO DE CREDITO DEL PERU
El Banco mediante el factoring ofrece:
- Reducción del manejo de documentos,
efectivo y cheques. - Disminución de procesos
administrativos como resultado de mayor eficiencia y
rapidez. - Aumento del poder de negociación con sus proveedores,
gracias a este moderno servicio de Factoring Electrónico
dado que éstos podrán acceder a mejores tasas de
financiamiento. - Acceso a la más completa
información electrónica sobre la
situación de tus pagos.
MODALIDADES
Los pagos a los proveedores podrán realizarse
bajo tres modalidades:
- Adelanto Total: Su Empresa deberá
transmitir electrónicamente al Banco la
información del lote de facturas a ser descontadas. El
Banco procederá a hacer los abonos al día
siguiente, directamente en las cuentas de sus Proveedores,
aplicando la tasa de descuento respectiva. En la fecha de
vencimiento, el Banco cargará a la cuenta de su empresa
el importe de las facturas ya pagadas. - Pago al vencimiento: Una vez
que el Banco recibe la información de pagos
proporcionada por su Empresa, la procesará y
esperará a la fecha de vencimiento de cada factura para
realizar el cargo en la cuenta de su Empresa, y los
abonos directamente en las cuentas de sus
Proveedores. Esta opción tiene la ventaja de
permitirle a su empresa enviar pagos programados en una misma
planilla con diferentes fechas de vencimiento. - Adelantado en línea: Su Empresa
deberá seleccionar el lote de facturas que su proveedor
podrá adelantar a través de Internet en
función de su necesidad de liquidez.
Una vez que el Banco reciba dicha información,
procederá a habilitar dichos documentos en el website de
Factoring Electrónico www.factoringelectronico.com.pe
para que su proveedor seleccione aquellos que desee
adelantar. El pago por las facturas restantes o no elegidas
serán abonado en sus respectivas fechas de
vencimiento.
Es importante recalcar que el manejo de las facturas
físicas seguirá siendo responsabilidad de su Empresa.
Sus Proveedores, independientemente de la modalidad que
elijan, tendrán acceso a información detallada de
los abonos realizados por el sistema Factoring Electrónico
a través de nuestra página
web, notas de abono, Estados de Cuenta Corriente,
Telecrédito, Banca por Internet, Saldos y Movimientos o
llamando a nuestra Banca por Teléfono al 311-9898.
2. Requisitos
- Su Empresa deberá contar con
Telecrédito. - Tanto su Empresa como sus Proveedores deberán
firmar un contrato con el Banco y deberán tener al menos
una cuenta en el Banco. - Su Empresa deberá contar con una línea
de crédito que respalde los adelantos que se hagan a sus
Proveedores.
CONTRATO DE FACTORING
PRESENTES
Don …, gerente de la
empresa … S.A., constituida en escritura
pública otorgada ante Don …, Notario de …, e inscrita
en el Registro
Mercantil con fecha de … de … de …, libro …,
tomo …, folio …, con CIF núm. …, y con domicilio
social en …, calle …, con poderes de representación
conforme a escritura pública autorizada por Don …,
Notario de … con fecha de … de … de …, a partir de ahora
factor, de una parte;
Don …, gerente de la empresa … S.A., constituida en
escritura pública otorgada ante Don …, Notario de …, e
inscrita en el Registro Mercantil con fecha de … de … de …,
libro …, tomo …, folio …, con CIF núm. …, y con
domicilio social en …, calle …, con poderes de
representación conforme a escritura pública
autorizada por Don …, Notario de … con fecha de … de … de
…, a partir de ahora cliente, de otra parte;
Acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE FACTORING, de
acuerdo con las siguientes,
ESTIPULACIONES
PRIMERO. OBJETO DEL CONTRATO.
Por el presente contrato el cliente se obliga a ceder al
factor todos los créditos y letras que surjan de su
actividad comercial, tanto en contra como a favor de sus
compradores.
SEGUNDO. OBLIGACIONES DEL CLIENTE.
- El cliente deberá pagar al factor como
remuneración por sus funciones el …% del nominal de
los créditos transmitidos. - El cliente deberá pedir autorización
al factor para llevar a cabo nuevas operaciones comerciales,
entendiéndose que se presta si en el plazo de …
días desde que el cliente informó de la nueva
operación el factor no expresa su oposición a
la misma. - El cliente se obliga a incluir en todas las
facturas y recibos que emita, un endoso que indique que las
cuentas correspondientes, han sido cedidas al factor, y son
pagaderas a él exclusivamente. - El cliente se obliga a remitir al factor las
letras, recibos y documentos representativos de las cuentas y
créditos, así como una hoja de remesa en la que
se relacionen y las copias de las facturas y
albaranes. - El cliente se obliga en los casos de compraventa a
incluir en los contratos cláusula de cesión de
créditos al factor. - El cliente transmitirá los créditos
al factor para que pueda ejercitar los derechos adquiridos
sin impedimento. - El cliente se obliga a entregar al factor toda suma
recibida de sus deudores en pago de la deuda. - El cliente se obliga a no conceder ni pactar
bonificaciones ni variaciones en el valor de los
créditos cedidos al factor sin su previa y expresa
autorización. - El cliente deberá poner a disposición
del factor todos los datos que éste le solicite para
la investigación de solvencia de los
deudores. - El cliente se obliga a no interferir en las
gestiones realizadas por el factor para el cobro de los
créditos, salvo en los supuestos en que el factor le
requiera su asistencia conforme a lo dispuesto en el apartado
anterior. - El cliente responde de la falta de pago siempre que
no surja de la insolvencia del deudor ni de causa imputable
al factor. - El incumplimiento por el cliente de cualquiera de
las obligaciones contraídas por el presente contrato,
dará derecho al factor para optar entre la
resolución del mismo, o la exigencia de su
cumplimiento, debiendo indemnizar por daños y
perjuicios en los dos casos.
TERCERO. OBLIGACIONES DEL FACTOR.
- El factor se obliga a intentar el cobro de los
créditos. - El factor se obliga a aprobar todas las operaciones
propuestas por el cliente excepto aquéllas que considere
que no prestan suficientes garantías. - El factor se obliga a investigar la solvencia de los
deudores, corriendo de su cuenta todos los gastos ocasionados
por ello. - El factor se obliga a abonar al cliente la diferencia
entre el importe de los créditos cedidos y la
remuneración acordada en el presente contrato. Dicha
cantidad se ingresará en el número de cuenta …
que el cliente tiene abierta en la Entidad de Crédito
…, Sucursal …. - El factor se obliga a anticipar al cliente, previa
solicitud de al menos … de antelación, el porcentaje
del …% del importe de los créditos cedidos. Se
aplicará un tipo de interés del … % que se
deducirá en el momento en que se produzca el anticipo
por el factor. - Es obligación del factor asumir el riesgo de
insolvencia del deudor del cliente, siempre que se haya
declarado judicialmente, hasta el …% del máximo fijado
para cada deudor como límite de la transmisión
del crédito. - El incumplimiento por el factor de cualquiera de las
obligaciones contraídas por el presente contrato,
dará derecho al cliente para optar entre la
resolución del mismo, o la exigencia de su cumplimiento,
debiendo indemnizar por daños y perjuicios en los dos
casos
CUARTO. DURACION DEL CONTRATO
La duración del presente contrato es de … meses
desde la fecha de hoy.
Dando fe, firman el presente contrato de factoring Don
…, como gerente de la empresa …, y Don …,como gerente de la
empresa …, en … a … de ….
NOTA:
Los contratos
mercantiles pueden ser intervenidos por Agente Mediador
Colegiado conforme al art. 93 del Código de
Comercio, el cual establece que " Los Agentes Colegiados
tendrán el carácter de Notarios en cuanto se
refiera a la contratación de efectos públicos,
valores industriales y mercantiles, mercaderías y
demás actos de comercio comprendidos en su oficio, en la
plaza respectiva.
Llevarán un libro-registro con arreglo a lo que
determina el artículo 27, asentando en él por su
orden, separada y diariamente, todas las operaciones en que
hubiesen intervenido, pudiendo, además, llevar otros
libros con las
mismas solemnidades.
Los libros y pólizas de los Agentes colegiados
harán fe en juicio".
Además hay que atender al art. 517.2.5º "
Las pólizas de contratos mercantiles firmadas por las
partes y por corredor de comercio colegiado que la intervenga con
tal que se acompañe certificación en la que dicho
corredor acredite la conformidad de la póliza con los
asientos de su libro registro y la fecha de
éstos."
Si interviniese Agente Mediador en el presente contrato,
se ha de incluir la cláusula siguiente:
Este contrato ha sido formalizado con la
intervención de Don …, Agente Mediador Oficial, a todos
los efectos legales oportunos, incluyendo los señalados en
la LEC en su artículo 517.2.5º, así como en
los arts. 58 y 93 del Código
de Comercio, y demás legislación
aplicable.
Y en prueba de su conformidad las partes otorgan y
firman el presente contrato por triplicado y a un solo efecto, de
lo que yo el Agente doy fe, hechas las advertencias legales,
así como de la capacidad legal para contratar e identidad de
los contratantes y de la legitimidad de sus firmas y de todo lo
dispuesto en el presente contrato, que firmo y sello en … a …
de ….
Si usted negocia con sus clientes pagos a 60, 90, 120
días, o incluso plazos más amplios, posiblemente se
haya encontrado con problemas de liquidez en más de una
ocasión. Si se acumulan los meses en los que los
desembolsos a proveedores son superiores a los ingresos y
cobros, su negocio puede atravesar una situación crítica.
Así que si está buscando la
solución para que su empresa no sufra por estos
desequilibrios, conviene que estudie las posibilidades que le
brinda el factoring, una de las fórmulas de
financiación específica que convierte las ventas a
corto plazo en operaciones al contado. Se trata de un producto
financiero no bancario que evita y agiliza el cobro de las
facturas y que adelanta el importe de las ventas realizadas a los
clientes.
Por ello si usted no había oído
hablar de este sistema de financiación o no tenia muy
claro todavía su funcionamiento, espero que con lo
expuesto le allá podido brindar toda la información
práctica para que pueda valorar las ventajas que pueda
aportar en la gestión de su negocio.
El cual según Leyva Saavedra define como "el
factoring es un instrumento de financiación a corto plazo,
destinado a las pequeñas y medianas empresas, que
paralelamente al servicio de carácter financiero
desarrolla otros de gestión, administración y
garantía por la insolvencia de los deudores de los
créditos cedidos".
Además la sociedad de factoring asume la
gestión de cobro, también se encarga del estudio de
los clientes, de la contabilización de los cobros, de la
reclamación de los deudores morosos, puede asumir el
riesgo de deudas fallidas e incluso puede anticipar el importe de
los créditos a la empresa usuaria. Por todo ello no
podemos compararlo con otras posibilidades de simple
gestión de cobro, de líneas de crédito o de
descuento bancario.
También cabe recalcar que en el Perú las
entidades que ofrecen Factoring son el Banco de Crédito
del Perú, Banco Wiese Sudameris, etc., y que en el anexo
que adjunto podrán observar un Modelo de Contrato de
Factoring.
DICCIONARIO DE
TERMINOS COMUNES
Anticipo.- Indica "Pago parcial" del
crédito por la Entidad de Factoring a su cliente antes del
vencimiento y cobro del mismo. De cada crédito se pueden
solicitar y conceder "anticipos" durante la vida del mismo hasta
llegar al máximo porcentaje establecido en el
contrato.
Buen fin.- Indica que el crédito ha
sido aceptado por el deudor y se ha comprometido a su pago al
vencimiento.
Buen origen.- Se refiere a que los
créditos a ceder son conformes, de lo que responde la
empresa vendedora.
Cartera.- Se refiere a los créditos
cedidos pendientes de cobro en poder de la entidad de Factoring
representados por sus documentos.
Cesión.- Se refiere a la
cesión mercantil de los créditos.
Clasificación.- Indica el hecho de
evaluar crediticiamente a un cedente, evaluando sus necesidades y
con el fin último de cubrirlas asignándole un
límite de riesgo máximo.
Cliente.- Es la empresa que realiza las
ventas o la prestación de servicios y firma el contrato de
Factoring con el fin de disfrutar de las ventajas que supone el
mismo.
Con recurso.- Modalidad de factoring, en
la que el factor no cubre el riesgo de insolvencia del deudor, y
por lo tanto puede reclamar a su cliente los impagados que se
produzcan.
Deudor o Comprador.- Se refiere a la
empresa que compra o contrata al cliente y como consecuencia de
ello está obligada al pago de los créditos a su
vencimiento.
Documento negociable.- Se refiere a
Letra de
Cambio o Pagaré.
Factor.- Se trata de la entidad financiera
que facilita el servicio de factoring.
Notificación.- Se refiere a la
notificación al deudor de la cesión
mercantil.
Reserva.- Parte de los créditos
cedidos que no se anticipa.
Sin recurso.- Indica que la Entidad de
Factoring no puede reclamar el impagado a su cliente, si tal
impago es por razones de insolvencia del deudor.
Toma de razón.- Comunicación
en la que el deudor acepta la cesión mercantil de los
créditos al factor, y por lo tanto se compromete a
pagárselos a éste.
Verificación.- Proceso de control
de la situación de los créditos en el
deudor.
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DIANA GLORIA LAVANDA REATEGUI
Estudiante de la Universidad Inca
Gracilaso de La Vega del 7 ciclo
Perú