Fuentes del derecho Romano
Objetivos de la clase de hoy: Conceptualizar que es Derecho
Romano; Conocer algunas fechas importantes para el estudio de la
clase Conocer a profundidad las principales fuentes (escritas o
no escritas) que nutren al Derecho Romano; Comprender porque es
importante el estudio de las fuentes del Derecho Romano;
Identificar las palabras o conceptos claves o desconocidos a lo
largo de la clase con la finalidad de buscar su
significado.
Observación Estas fuentes no han contribuido, en un mismo
tiempo, a formar el derecho romano. Le han nutrido en
épocas distintas, según el estado social y la
organización del poder legislativo.
Derecho romano Es el conjunto de las instituciones
jurídicas que estuvieron en vigor en Roma y en los
territorios sometidos a la dominación romana, desde la
fundación de Roma (743 A.C.) hasta la muerte de Justiniano
(565 después de Cristo).
Cuestiones preliminares Cuatro períodos en el Derecho
Romano De la fundación de Roma – a la ley de las XII
Tablas (1 a 304 de Roma); De la ley de las XII tablas – al
fin de la República (304 a 723 de Roma); Del advenimiento
del Imperio a la muerte de Alejandro Severo (723 a 988 ó
235 de la Era cristiana); De la muerte de Alejandro Severo a la
muerte de Justiniano (235 a 565 de la Era cristiana).
Fuentes del DerechoRomano* 1.1.1) Las leyes. 1.1.2) Los
Plebiscitos (Concilia Plebis) 1.1) Escritas 1.1.3) Los
Senadoconsultos 1.1.4) Constituciones imperiales 1.1.5) Edicto de
los pretores 1.1.6) Respuestas de los prudentes 1) Fuentes 1.2)
No escritas 1.2.1) La Costumbre (No es establecido por autoridad
legislativa)
Toda medida dictada por el pueblo reunido en comicios a propuesta
de un magistrado senador y confirmado por el
senado(Definición). Tipos de leyes Ley Rogatia* Ley Datae*
1.1.1) Las leyes*
Ley Rogatia (Sus partes)*
La ley Datae* ¿Qué es? La delegación
legislativa de parte de los comicios. ¿Su finalidad?
Dictar normas relativas a la organización y
administración de las provincias Comicios: Por curias
(Comitia curiata) Por centurias (Comitia Centuriata)
Primera división jerárquico – social en Roma
Cada una de las tres tribus primitivas estaba dividida en diez
curias; Cada curia comprendía cierto número de
gentes; La curia: división artificial, la gens era por
agregación natural,
Primera división jerárquico – social en Roma
(cont.) Patricios: Constituyen nobleza de raza, y solo ellos
participan inicialmente del gobierno del Estado y gozan de todos
los privilegios del ciudadano romano; Clientes: Están bajo
la protección de un jefe que es su patrón. El
patrón debe a sus clientes socorro y asistencia y el
cliente debe a el patricio respeto y abnegación. La
cualidad de clientela se transmitía hereditariamente;
Plebeyos: Libres de toda unión con los patricios.
Originalmente no tienen ninguna participación en el
gobierno, está prohibido su acceso a las funciones
públicas y no pueden contraer matrimonio legítimo
con los patricios.
Leyes curiales Las que se votaban por el pueblo romano reunido en
comicios por curias (Definición)
Comicios por curias(composición) Latinos (10 curias)
Sabinos (10 curias) 30 curias Etruscos (10 curias)
Comicios por curias(cont.) Unidad de voto: la curia y dentro de
cada curia se vota por cabeza para tener la opinión de la
curia; Las decisiones se tomaban siempre por mayoría
simple, es decir la mitad más uno; Entre romanos era la
forma más antigua de poder legislativo sus decisiones se
convertían en leyes, leges curiatae; La ley no es perfecta
(no entraba en vigor lo sometido a votación) hasta no ser
aprobado por el senado (Auctoritas patrum); Eran convocadas por
el rey.
Inconvenientes a los comicios por curias Número de
plebeyos no clientes llegó a ser considerable por
consecuencia de las conquistas de Roma; Sólo los patricios
tenían cargas tributarias y de servicio militar pero
mantenían el monopolio de las actividades políticas
y sociales; Todo esto requirió de una reforma.
Comicios por centurias Son las leyes que votaba el pueblo romano
reunido en comicios por centurias (Definición); Surgen
producto de una reforma política, económica,
militar y fiscal promovida por Servio Tulio. La nueva
división ya no es fundada sobre el origen de los
ciudadanos sino sobre la fortuna de ellos; Divide en 5 clases y
193 centurias; Convocadas por el rey.
Consecuencias de los comicios por centurias Los plebeyos fueron
llamados a concurrir con los patricios al servicio militar, al
pago de impuestos y a la confección de nuevas asambleas
(ganaron derecho políticos); Divide el territorio de Roma
en regiones (tribus urbanas y rústicas).
Por lo tanto… SEVIO TULIO: Asegura el reclutamiento del
ejército abriendo sus filas a todos; Distribuye la carga
del impuesto a todos los ciudadanos; Sustituye la preponderancia
en el Estado. Anteriormente pertenecía a la nobleza de
raza, a los patricios, pasando a la aristocracia de fortuna,
independientemente de su origen;
Control de los patricios sobre los comicios por centurias Aunque
se convocaba al pueblo entero (tanto a los patricios como a los
plebeyos)Se consultaba primero a las 18 centurias de caballeros y
luego a las 80 de primera clase. Cuando estas 98 centurias
votaban en un mismo sentido formaban la mayoría y era
inútil consultar a las otras. El poder pertenece por
consiguiente a la parte más rica de la población.
Los plebeyos tienen participación en las asambleas pero
necesitan más de dos siglos para conseguir la
igualdad.
Análisis comparativo entre los tipos de comicios
(Retorno)
Es una resolución tomada por la plebe en asambleas
especiales, pedidas por el tribuno, y que se llamaban concilia
plebis. (Definición) Producto de una conquista social
(Año 260 de Roma) quienes amenazaban con fundar una cuidad
plebeya a las afueras de Roma; Los plebeyos obtienen 2
magistrados (Tribuni Plebis) Inviolabilidad Potestades Derecho al
veto 1.1.2) Los Plebiscitos(Concilia Plebis)
Consecuencias de los concilia plebis Los tribunos plebeyos
reúnen a la plebe en asambleas, donde se deliberan y votan
los plebiscitos; Aunque estos no tienen fuerza obligatoria
más que para los plebeyos; Después de 10
años de resistencia y gracias a los esfuerzos de los
tribunos plebeyos se dejó una ley fija, conocida, y
oponible para todos por igual (origen de los principio de
legalidad e igualdad moderno). Esta fue la ley de las XII
Tablas.
Ley de las XII Tablas Es una codificación del Derecho
consuetudinario vigente. Su redacción se hizo a solicitud
de los plebeyos quienes acusaban a los patricios de aprovecharse
de la obscuridad y de la incertidumbre del Derecho
Consuetudinario, para en detrimento de ellos abusar de su
poder.
Plebiscitos con fuerza de ley* Muchísimos años
después 468 la ley Hortensia da fuerza legal a los
plebiscitos votados por los plebeyos, siendo obligatorio para
todos los ciudadanos sin ser sometidas al auctoritas patrum,
DESDE ENTONCES SON VERDADERAS LEYES.
Primeros tres siglos de Roma (antes de la ley de las XII Tablas)
Retroalimentación Si bien es cierto que el pueblo toma sus
decisiones en los comicios por curias y centurias, solamente se
encuentran a partir de la República leyes centuriadas
relativas al Derecho Público; Por lo tanto el derecho
privado no tiene más que una fuente cierta: la costumbre;
La falta de precisión de las normas favoreció a los
magistrados patricios.*
1.1.3) Los Senadoconsultos El senadoconsulto es una medida
legislativa emanada del Senado (Definición) Origen
histórico: El senadoconsulto no apareció sino con
el principado. En ese momento adquirió el Senado poder
legislativo. ¿Cómo? En vez de limitarse, como en
época de la República, a dirigir órdenes a
los magistrados, especialmente al pretor, para modificar o
accionar el derecho en vigor, constituyó directamente el
derecho por vía de senadoconsulto.
Oratio principis en el senadoconsulto El Senadoconsulto se
hacía, generalmente a petición del emperador,
después de un proyecto de ley llamado Oratio Principis o
discurso del príncipe. El Senado llegó a tal grado
de servilismo para con el emperador, que votaba sus proposiciones
sin cambio alguno.
Senadoconsulto (Cont.)* Los dictámenes del senado
requerían de la autoridad del pretor para asegurar la
observancia. Los senadoconsultos reglamentan con una autoridad
que no es rechazada por ningún jurisconsulto, las materias
de derecho privado.
1.1.4) Constituciones imperiales* Eran medidas legislativas
dictadas por el emperador (Definición) El poder se
centraliza en la figura del emperador quien por así
decirlo se cansa de utilizar intermediarios; La voluntad del
emperador adquiere fuerza del ley;
Tipos de constituciones imperiales Edicta: Disposiciones
generales análogas a los edictos de los magistrados;
Mandata: Instrucciones dadas por el emperador a sus funcionarios
y en especial a los gobernadores de provincia para trazarles una
línea de conducta en el ejercicio de su magistratura;
Decreta: Decisiones judiciales dadas por el emperador como
magistrado supremo en un juicio entre particulares; Rescripta:
Respuestas del emperador a un funcionario o a un particular,
sobre una cuestión de Derecho que se le hubiere
propuesto.
1.1.5) Edicto de los pretores(Jus honorarium) El Derecho
honorario o pretoriano es el que resultaba del edicto de los
magistrados y principalmente del edicto del pretor.
(Definición) Creación del pretorio: El pretorio se
creó el año 387 de Roma, por las leyes licinianas,
que concedieron a la plebe acceso al consulado. En el año
512 se creó un segundo pretor para que se ocupara de los
peregrinos. Se distinguió desde entonces a un pretor
urbano del pretor peregrino.
La influencia del pretor comenzó a hacerse sentir a partir
de la ley Ebucia (605 Y 628 de Roma), hasta la publicación
del edictum perpetuum de Juliano Salviano Bajo el emperador
Adriano. Encomendó esta obra a Salvio Juliano, la obra se
llamó Edicto Perfecto. 1.1.5) Edicto de los pretores(Jus
horarium) Cont.*
1.1.6) Las respuestas de los prudentes(Responsa prudentium)* Se
entiende por esto las consultas dimanadas de los jurisconsultos
romanos (Definición) Antes de Augusto eran simples
abogados de consulta, sin ningún carácter oficial
Augusto acordó a algunos de entre ellos una calidad
oficial, concediéndoles el jus respondendi publice es
decir el derecho de dar consultas al público. La
opinión de estos jurisconsultos se imponía a los
jueces; Emperador Adriano les otorga la facultad: Dermissio Jura
Condendi: consistente en hacer ley (debía haber consenso
de 3 o más jurisconsultos en tanto que el adversario no
citara a una autoridad contraria).
1.2.1) La Costumbre* La costumbre procedió al Derecho
escrito; Aceptación tácita del pueblo. Inveterata
consuetudo: Uso prolongado y constante; Elementos Opinio iuris
ser necessitatis: Convicción de que la práctica es
jurídicamente obligatoria