La prueba, base principal en el proceso penal dominicano
OBJETIVOS Al finalizar la presente capacitación los y las
ministerios públicos serán capaces de: Manejar las
destrezas de acreditación de las pruebas. Comprender las
técnicas de preparación o entrenamiento de testigos
y peritos a fin de fundamentar la teoría de la parte
acusadora. Conocer las técnicas de autenticación de
elementos de objetos y documentos Conocer la dinámica de
la litigación de presentación e impugnación
de los medios de prueba a ser producidos en el proceso sobre todo
en la fase de juicio, enfatizando el punto de vista de la parte
acusadora. Estructurar el denominado alegato de clausura.
METODOLOGIA A los fines de que los y las participantes logren
alcanzar los objetivos antes anunciados, pretendemos realizar las
siguientes actividades: Explicación teórico-
práctica de cada tema a tratar. Lluvia de ideas con los y
las participantes respecto a cada tema. Presentación de
fragmento de película con el fin de observar la
acreditación de testigos y la impugnación de medios
de pruebas. Finalmente, breve simulación en cuanto a la
presentación de la Prueba en juicio,
específicamente: acreditación o calificación
de testigos o peritos, autenticación de objetos y
documentos e impugnaciones.
LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL CONCEPTO: La prueba ha sido
definida como datos externos que se encuentran en la psiquis del
juzgador, que se incorporan legalmente al proceso y que son
idóneos para producir el conocimiento necesario para la
verificación de los extremos objetivos (existencia del
hecho) y subjetivos (participación del imputado) de la
imputación delictiva, o de cualquier hecho o circunstancia
jurídicamente relevante para la imposición e
individualización de la pena (ej. Agravantes, atenuantes o
eximentes de responsabilidad; antecedentes y personalidad del
imputado; existencia o extensión del daño causado
por el delito) (JOSE CAFFERATA NORES Y AIDA TARDITI)
CONCEPTO DE PRUEBA “La prueba es el medio de
cognición de los hechos que tiene el juzgador para
establecer el vínculo del imputado con los hechos punibles
y determinar su responsabilidad” (Olga Elena
Resumil).
MEDIO DE PRUEBA: Es el procedimiento establecido por la ley
tendiente a lograr el ingreso del elemento de prueba en el
proceso. Se convierten en prueba luego de ser acreditados en el
juicio.
PRINCIPIOS QUE RIGEN LA PRUEBA Principio de Libertad Probatoria
art. 170 CPP; Legalidad de la Prueba arts. 26 y 167 del CPP;
Admisibilidad de la Prueba art. 171 CPP; Valoración de la
Prueba. Sana Critica Art. 172 ; Comunidad de Pruebas;
TIPOS DE PRUEBA TESTIMONIAL Art. 194, 325 CPP; PERICIAL Art. 204
y 324 del CPP; DOCUMENTAL Y OTROS MEDIOS DE PRUEBA Art. 329
CPP;
PRUEBA TESTIMONIAL “Sirve para reconstruir ante el juzgador
la verdad material sobre la ocurrencia de los hechos de modo que
se establezca la configuración de los elementos del tipo
penal y la participación del imputado mediante una
inferencia racional de la apreciación fáctica y un
análisis jurídico de la prueba. A esos efectos, la
prueba debe reflejar una garantía substancial de
confiabilidad”. Resumil, Criminalística Aplicada al
Proceso Penal, En publicación;
PRESENTACION DE LA PRUEBA TESTIMONIAL Y PERICIAL PREPARACION DEL
TESTIGO Y PERITO Extraer del testigo la mayor cantidad de
información a los fines de construir nuestra teoría
del caso; Trabajar el lenguaje corporal del testigo o deponente;
La vestimenta del deponente como estrategia;
PREPARACION DEL TESTIGO (Cont…) Que sea espontáneo;
Que diga la verdad de lo que ha captado a través de sus
sentidos y mantiene en su memoria; No exagerar su versión;
No contestar si no entiende la pregunta;
OBJETIVOS DEL EXAMEN DIRECTO Solventar la credibilidad de un
testigo; Presentar y enfatizar los aspectos del relato que
sustentan mis proposiciones fácticas; Acreditar e
introducir al juicio prueba material y documental; Obtener
información relevante para el análisis de otra
prueba;
Guía para la realización del Examen Directo
Acreditación del testigo; Preguntas de transición y
orientación; Lenguaje sencillo; Ser descriptivo
(iluminación, sonidos, distancia, tiempo, conocimiento
previo etc.); Controlar el ritmo;
Guía para la realización del Examen Directo No
hacer preguntas prohibidas; Anunciar debilidades; Escuchar la
contestación del testigo (El arte de escuchar);
Posición del abogado; Organización de la
información;
ORGANIZACIÓN DEL EXAMEN DIRECTO Orden de los testigos;
Orden del testimonio: Cronológico Temático
LOS TIPOS DE PREGUNTAS ABIERTAS: permiten contar un relato
general Qué hizo el día 16 de Mayo? Qué
sucedió después que salió de la casa? En
qué consiste su trabajo? CERRADAS: exigen una respuesta
específica Qué marca es su carro? De qué
color era su pelo? A qué hora usted la llamó?
INTRODUCTORIAS-TRANSICION.
LOS TIPOS DE PREGUNTAS SUGESTIVAS: Incorporan su propia
respuesta. NO SE PERMITEN EN EL EXAMEN DIRECTO!! El acusado
tenía el cuchillo en la mano? Sintió olor a gas
cuando entró? Sabía usted que la fallecida y su
esposo tenían una mala relación?
CONCEPTO CONTRA EXAMEN Es el interrogatorio realizado por la
contraparte, cuyo objetivo es contradecir la prueba y aportar en
consecuencia aspectos positivos a mi versión. Es utilizado
como un mecanismo de impugnación o de
desacreditación de la prueba aportada.
OBJETIVOS DEL CONTRAEXAMEN Desacreditar al testigo; Desacreditar
el testimonio; Acreditar nuestras propias proposiciones
fácticas; Acreditar nuestra prueba material; Obtener
inconsistencias con otras pruebas de la contraparte;
EL CONTRA EXAMEN El abogado en el contraexamen debe tener control
del testigo, necesita superponer su propia teoría del caso
a ese testimonio, toda vez que el testigo es reticente a la
nuestra y cree firmemente en la suya! El contra examen se
construye desde y para el alegato final La lógica del
contra examen es la pregunta ¿ que quiero estar en
condiciones de decir en el alegato final? Con esta pregunta se
determina la estrategia de contraexamen
Guía para la realización del Contraexamen Ser
breve, dependiendo de la estrategia Preguntas sencillas Preguntas
sugestivas No ir de pesca No pelear con el testigo
Cont… No permitir que el testigo explique; No repetir el
directo; Saber cuando preguntar y cuando terminar;