ley 12154 argentina

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LEY 12154 Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 12987, 13210, 13482 y 14024.- EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TITULO l
PRINCIPIOS Y BASES FUNDAMENTALES ARTICULO 1.- La presente Ley establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del sistema provincial de seguridad pública en lo referente a su composición, misiones, funciones, organización, dirección, y funcionamiento; así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, gestión y control de las políticas y directivas de seguridad pública en el ámbito provincial. ARTICULO 2.- La seguridad pública es materia de competencia exclusiva del Estado y su
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f) Informar y asesorar a los vecinos acerca de toda cuestión o asunto atinente a la seguridad pública en el ámbito vecinal.
g) Invitar a autoridades o funcionarios públicos provinciales y/o municipales, con actuación en su ámbito territorial, para tratar cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública del ámbito vecinal. ARTICULO 17.- Cada Foro Vecinal de Seguridad establecerá su organización, sus normas de funcionamiento y dictará su propio reglamento. ARTICULO 18.- Facúltase al Poder Ejecutivo de la Provincia para dictar las normas de procedimiento que resulten necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de los Foros Vecinales de Seguridad.

Capítulo III
Foros Municipales de Seguridad ARTICULO 19.- Créase, en el ámbito territorial de cada Municipio de la Provincia de Buenos Aires, un Foro Municipal de Seguridad. ARTICULO 20.- Los Foros Municipales de Seguridad estarán integrados por el titular del Departamento Ejecutivo del Municipio o un representante designado por éste, miembros del Departamento Deliberativo del Municipio conforme a criterios de proporcionalidad en la representación partidaria, representantes de organizaciones o entidades comunitarias y sectoriales de carácter municipal, y un representante de instituciones religiosas.
El Municipio confeccionará un registro de entidades comunitarias y sectoriales con actuación en su jurisdicción, debiendo asegurarse la

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