fallo cocchia resumen
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FALLO “COCCHIA, Jorge Daniel c/Estado Nacional y otro s/acción de amparo”: Partes:
Cocchia Jorge (Secretario Gral del Sindicato de Encargados Apuntadores Marítimos) contra el Estado Nacional y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación.
Hechos:
El poder ejecutivo dictó el decreto 817/92 sobre actividades portuarias, con invocación expresa de las leyes 23.696 y 23.697 del decreto 2284/91 en los considerandos de dicho decreto se señala que el poder legislativo puso en marcha un proceso de transformaciones económicas, para cuyo cumplimiento facultó al Poder Ejecutivo nacional a adoptar decisiones tendientes a materializar las pautas allí fijadas, entre otras, las que surgen del Tratado de Asunción respecto de la …ver más…
PRIMERA INSTANCIA Y SEGUNDA INSTANCIA:
En primera instancia se hizo lugar al amparo y la Sala VI de la Cámara de apelaciones confirmo la sentencia declarando la inconstitucionalidad de los art. 34, 35, 36 y 37 del decreto 817/92. Entendió que las disposiciones del decreto no guardaban relación alguna con la reforma del Estado ni la situación de emergencia y que, por lo tanto, el Poder Ejecutivo nacional había excedido sus facultades constitucionales. Sostuvo también que un convenio colectivo no podía ser modificado por una decisión administrativa.
El tribunal fundamentó la declaración de inconstitucionalidad en el exceso en que habría incurrido el Poder Ejecutivo Nacional al derogar mediante la norma cuestionada todos los convenios colectivos y normas legales vigentes relacionados con la actividad portuaria y marítima, sin respetar las competencias propias del Congreso de la Nación y en violación a contenidos esenciales del sistema legal de las relaciones laborales y de los principios de libertad sindical. Señaló que no se configuraba ningún acontecimiento urgente e inevitable que justificase una reglamentación especial ajena al procedimiento constitucional de sanción de las leyes y descalificó particularmente el inc. k) del art. 35 del dec. 817/92, en razón de condicionar la voluntad de los concertadores y privar de contenido y finalidad a las