contrato de transporte de mercancia por via acuatica
Podemos hablar de transporte cuando el desplazamiento de cosas o personas es provocado o conducido, es decir, que integran el transporte dos elementos: A) el desplazamiento que es fundamental (por tierra, agua o aire); y, B) la conducción que implica hacer recorrer un itinerario (conducido por un agente externo).
El contrato de transporte marítimo constituye, como el contrato de locación de obra, un contrato de resultado. En las obligaciones de resultado, jurídicamente, puede prometerse un resultado querido, un opus, y éstas corresponden a la prestación de la locación de obra. En el contrato de transporte marítimo, se contrata un traslado, un desplazamiento de cosas o personas, en un buque hasta un punto de destino. La …ver más…
Últimamente ha sufrido grandes cambios. Hay diversos tipos de buques: los que cuentan con bodegas de ventilación o refrigeración (carga perecedera), graneleros, buques tanque, cementeros o los que se construyen para varios tipos, como los buques porta contenedores o los que pueden cargar mineral, granel y petróleo
El transporte marítimo ofrece el tráfico de cabotaje, que es aquel que se presta a lo largo de un litoral como un servicio costero. En México se usa la expresión “Gran cabotaje” cuando pasan los buques de un litoral a otro a través del Canal de Panamá.
RESPONSABILIDAD DEL PORTEADOR
El porteador será responsable de las mercancías transportadas en contenedores mientras se encuentren a su cargo, a partir del momento en que las haya recibido y hasta la entrega. El porteador será responsable de las mercancías no contenedorizadas mientras estén a su cargo, desde que sean embarcadas hasta su descarga. Mientras el porteador esté a cargo de las mercancías será responsable por su pérdida o daño.
Las disposiciones antes mencionadas no impedirán que el porteador celebre cualquier contrato relativo a su responsabilidad en relación con mercancías no contenedorizadas, antes de su carga y después de su descarga de la nave.
El porteador estará obligado, antes y al comienzo del viaje, a ejercer una diligencia razonable para:
Poner la nave en condiciones de