TRABAJO COLABORATIVO SEGUNDA ENTREGA DERECHO COMERCIAL Y LABORAL
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TRABAJO COLABORATIVO DERECHO COMERCIAL Y LABORAL - 2013-3/PRIMER BLOQUE SEGUNDA ENTREGAPLANTEAMIENTO DEL CASO:
Rómulo Reina trabaja en ETB de lunes a viernes de 5:00 pm a 3:00 am como técnico informático
Desde el 23 de Octubre de 2000 bajo un contrato a término indefinido. Ha sido homenajeado en varias ocasiones por ser el mejor empleado de la Empresa. Su salario mensual es de $1.950.000 y en su contrato laboral nunca se le prohibió que trabajara en otra compañía. Desde el 15 de Abril de 2000, los días sábados y domingos de 10:00 pm a 3:00 am, se dedica al rapto de menores para venderlos a la cadena de trata de personas más grande de Colombia. El pasado sábado 17 de Octubre de 2011 la señora …ver más…
Así lo ha entendido la doctrina y la propia jurisprudencia de la Sala de Casación Laboral, con criterios que la Corte Constitucional comparte plenamente. En efecto, según esa Corporación, esa norma obliga a expresar “la causa o motivo de la ruptura, a fin de que la parte que termina unilateralmente el contrato no pueda sorprender posteriormente a la otra alegando motivos extraños que no adujo”
Estabilidad en el empleo y acción de reintegro.
Esto es de índole Constitucional, pues como lo determina la carta en el artículo 53, los trabajadores tienen igualdad de oportunidades y derechos y estabilidad en el empleo. El accionante también tiene derecho a la acción de reintegro del ordinal quinto del artículo 8º del Decreto Ley 2351 de 1965l, en efecto, la norma pretende proteger la estabilidad de aquellos trabajadores que hubieren cumplido diez años continuos de servicios y fueren despedidos sin justa causa, para los cuales establece, como regla general, una acción de reintegro.
INDEMNIZACION DESPIDO INJUSTO ROMULO REINA
Cuando se despide sin justa causa a una persona que tiene un contrato de trabajo a término indefinido, hay que pagar la indemnización contemplada por el artículo 64 del código sustantivo del trabajo, con base en el ítem que contempla al trabajador que devenga menos de 10 salarios mínimos mensuales.
Por lo anterior la