Sociedades comerciales
Las sociedades comerciales.
1. Definición y distinción entre sociedad e indivisión.
Sociedad: Habrá sociedad cuando dos o más personas en forma organizada, conforme a uno de los tipos previstos en la misma se obliguen a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las perdidas.
Indivisión: Estado de comunidad de bienes entre dos o más personas.
2. Distinción entre sociedad y asociación.
Asociación es la acción y efecto de asociar o asociarse (unir una persona a otra para que colabore en algún trabajo, juntar una cosa con otra para un mismo fin, establecer una relación entre cosas o personas). Una asociación, por lo tanto, es el conjunto de …ver más…
Aún así, el proceso de constitución de una sociedad por acciones simplificada es mucho más ágil que cualquier otra, por lo que sin duda alguna será una de las figuras societarias que más se utilizarán en el futuro.
2.8. Las sociedades accidentales o en participación (sin personalidad jurídica.
Sociedades Accidentales o en Participación: Es el contrato convenido de manera verbal o escrita entre dos o más personas que tienen la calidad de comerciantes, quienes toman el interés en una o más operaciones comerciales determinadas y transitorias, sin estar las mismas sujetas a requisitos de forma ni matriculación de conformidad a la Ley de Sociedades. Para todos los efectos de esta norma se entenderán Sociedades Accidentales o en Participación las Sociedades de Hecho y Participación reconocidas por el Código Tributario, sus Reglamentos y Normas Generales.
2.9. Las empresas individuales de responsabilidad limitada (E I R L).
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL): Es la entidad comercial que pertenece a una persona física, dotada de personalidad jurídica propia, con capacidad para ser titular de derechos y obligaciones.
Tema II:
El Contrato De Sociedad 2.1 Definición de sociedad. La sociedad mercantil o sociedad comercial es aquella sociedad que tiene por objeto la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho